KONECTA CHILE/NAVARRETE
Rol
O-1452-2020
Fecha
3 de julio de 2020
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base el acuerdo marco. La conciliación no prospera atendida la incomparecencia de la demandada. Atendido que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos el Tribunal va a dictar sentencia de inmediato. SENTENCIA: Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71, se transcribirá sólo la individualización de las partes y la resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. Ciudad de Santiago, con fecha tres de julio de 2020. PRIMERO: Que KONECTA CHILE comparece ante este Tribunal, empresa que está rutificada con los números 76.583.350-7, patrocinada por la abogada Gloria Sarras Hadweh, compareciendo a la audiencia la abogada individualizada en autos, ambas con domicilio en Rodrigo de Araya 1045, comuna de Macul. Esta acción se dirige en contra de doña DANIELA DEL CARMEN NAVARRETE SOTO, Rut N° 18.883.270-9, con domicilio en El Lingue 2879, comuna de La Pintana y en esta solicita entonces una autorizacion de desafuero maternal de la demandada por concurrir la causal del 159 Nª 4 del Código del Trabajo, esto es, el vencimiento del plazo fijado en el contrato de trabajo individual de la trabajadora y pactado entre las partes. Vistos ademas lo dispuesto en los artículos 201, 174 159 Nª4, 453 del Código del Trabajo se declara: I. Que se ACOGE la demanda deducida por KONECTA CHILE en contra de doña Daniela Navarrete Soto, ambos ya debidamente individualizados y se autoriza a la primera a poner término a la relacion laboral existente entre ambos por la causal del 159 Nª 4, esto es, el vencimiento del plazo del contrato. II. Lo anterior sin costas dado que el conocimiento de la presente accion no causo mayor desgaste a la jurisdiccion, habiendose realizado esta en una unica audiencia. Se deja constancia que la dem
Fallo
se declara: I. Que se ACOGE la demanda deducida por KONECTA CHILE en contra de doña Daniela Navarrete Soto, ambos ya debidamente individualizados y se autoriza a la primera a poner término a la relacion laboral existente entre ambos por la causal del 159 Nª 4, esto es, el vencimiento del plazo del contrato. II. Lo anterior sin costas dado que el conocimiento de la presente accion no causo mayor desgaste a la jurisdiccion, habiendose realizado esta en una unica audiencia. Se deja constancia que la demandada renuncia a todos los plazos. Dictada en audiencia por doña ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siendo las 09:15 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia doña ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a tres de julio de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 03/07/2020, Santiago RUC 20- 4-0254462-8 RIT O-1452-2020 CARATULADO KONECTA CHILE/NAVARRETE MAGISTRADO ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula Francisca Rodas Valenzuela HORA DE INICIO 09:03 HORA DE TERMINO 09:15 SALA Sala Virtual 14 (2.2) Nº REGISTRO
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