MINISTEERIO PUBLICO C/ PEDRO JESÚS RODRÍGUEZ BULOW
Rol
O-4051-2019
Fecha
26 de diciembre de 2019
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS Que con fecha 16 de noviembre del año 2019, aproximadamente a las 14:10 horas, el imputado fue sorprendido sustrayendo especies desde el interior del supermercado Santa Isabel, ubicado en Calle Claudio Vicuña, Quilpué, las cuales no pagó al traspasar las cajas registradoras. Las especies, consistentes en 10 chocolates marca Costa Nuss y 10 chocolates marca Costa Menta, fueron avaluadas en la suma de $23.230. El imputado sale del establecimiento con las especies en su poder, siendo seguido por guardias de seguridad, huyendo y en el curso de la huida arrojó las especies al suelo, siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros junto a personal de seguridad del supermercado, en calle Aníbal Pinto con Calle Camilo Henríquez de Quilpué.- PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Quilpué, veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve.- Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 6, 14, 15 N° 1, 67, 70 y 494 Bis artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos pertinentes de la Ley N° 18.216, SE DECLARA: 1.- Que se condena a PEDRO JESÚS RODRÍGUEZ BULOW, cédula de identidad N° 9.985.749-8, ya individualizado, a la pena de UN DIA DE PRISION EN GRADO MÍNIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del ilícito CONSUMADO de HURTO FALTA, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal, por los hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 16 de noviembre del año 2019. 2.- Que para efectos del cumplimiento de la pena corporal impuesta, estimándolo más favorable para el encausado se da por completamente cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa a propósito del control de detención practicado con fecha 16 de noviembre de 2019.- 3.- Que la multa se deberá enterar en arcas fiscales mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República, dentro de quinto día de ejecutoriada
Fallo
SE DECLARA: 1.- Que se condena a PEDRO JESÚS RODRÍGUEZ BULOW, cédula de identidad N° 9.985.749-8, ya individualizado, a la pena de UN DIA DE PRISION EN GRADO MÍNIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del ilícito CONSUMADO de HURTO FALTA, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal, por los hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 16 de noviembre del año 2019. 2.- Que para efectos del cumplimiento de la pena corporal impuesta, estimándolo más favorable para el encausado se da por completamente cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa a propósito del control de detención practicado con fecha 16 de noviembre de 2019.- 3.- Que la multa se deberá enterar en arcas fiscales mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República, dentro de quinto día de ejecutoriada la presente sentencia y según el valor vigente a la fecha del pago efectivo. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta en el plazo concedido, se sustituirá de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. 4.- Que, sin perjuicio de lo expuesto y conforme a la voluntad expresada por el sentenciado en audiencia, se sustituye de inmediato la multa impuesta por la de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE 24 HORAS. Para estos efectos, el sentenciado debe presentarse el día 06 de enero de 2
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HECHOS Que con fecha 16 de noviembre del año 2019, aproximadamente a las 14:10 horas, el imputado fue sorprendido sustrayendo especies desde el interior del supermercado Santa Isabel, ubicado en Calle Claudio Vicuña, Quilpué, las cuales no pagó al traspasar las cajas registradoras. Las especies, consistentes en 10 chocolates marca Costa Nuss y 10 chocolates marca Costa Menta, fueron avaluadas en l
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