2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

HUACASI/CONSTRUCTORA TRILAZO LIMITADA

Rol

M-333-2020

Fecha

3 de julio de 2020

Materia

Costas, Feriado proporcional, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1.- INCORPORA LA PRUEBA LA PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE RECLAMANTE X · SENTENCIA X Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Efectividad que la demandante presto servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada. En su evento, fecha de inicio de dicha relación laboral, funciones desempeñada por el demandante, jornada laboral pactada y naturaleza del contrato de trabajo que los vínculo. 2) Remuneración pactada y efectivamente percibida. 3) Fecha y forma de término de la relación laboral, cumplimiento de las formalidades legales. 4) Si la demandada otorgo o en su defecto compenso el feriado proporcional que se reclama. 5) Si la demandada en el evento de establecerse la naturaleza del contrato de trabajo dio pago a las indemnizaciones correspondiente. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo. 2) Liquidación de remuneración julio de 2019. 3) Copia carta de despido dirigida a Inspección del Trabajo. 4) Reclamo administrativo. 5) Acta de Comparendo. 6) Certificado de cotizaciones, emitido por FONASA. Confesional: Se citó a absorber posiciones don Leonardo Lazo Castañeda, en calidad de representante legal de la demandada, este no comparece y la parte demandante solicita los apercibimientos que indica.. Observaciones a la prueba: La parte realiza las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Santiago a dos de julio del año dos mil veinte. Vistos, oídos y

Fundamentos

considerando:

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 144, 163 inciso tercero en relación al artículo 23 transitorio, 425, 422, 424, 438, 462 del Código del Trabajo 1698 del Código Civil, se resuelve: I. Que entre el demandante MILTON ESTEBAN HUACASI MEDINA y la demandada CONSTRUCTORA TRILAZO LIMITADA existió una relación laboral cuya fecha de inicio correspondiente al día 01 de julio del año 2019 y su término se produjo al día 10 de septiembre del año 2019. II. Que la demandada deberá de dar pago a las siguientes conceptos: a) $31.750 por concepto de indemnizaciones por el término por contrato de obra o faena conforme al artículo 163 del contrato de trabajo. b) $72.426 por concepto de feriado proporcional. III. Que lo anterior deberá ser pagado con los reajustes e intereses correspondientes. IV. Que no se condena en costas a la parte demandada por encontrase en rebeldía. V. Ejecutoria que sea la presente sentencia dese cumplimiento a ella dentro de quinto día hábil de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo.. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dirigió doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. De requerirse lo

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO TRIBUNAL 2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR MERCED 360 SANTIAGO FECHA 02.07.2020 RUC 20-4-0248271-1 RIT M-333-2020 SALA N° 4 MAGISTRADO LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS BORIS ANTIVERO PINOCHET HORA DE INICIO 11:29 HORAS HORA DE TERMINO 11:43 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 20402482

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