Juzgado de Letras y Garantía de Litueche.

MP C/ FABRIZIO ESTEBAN CACERES ABARCA

Rol

O-689-2019

Fecha

23 de diciembre de 2019

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que El día 23/12/2019 siendo aproximadamente las 01:40 horas, en circunstancias en que el imputado se encontraba al interior del domicilio ubicado en Hermanos Carrera N° 31, el cual comparte con la víctima, específicamente, ambos se encontraban en la pieza matrimonial, se produce una discusión entre estos, a raíz de que la víctima se habría encontrado trabajando con su teléfono celular, lo que habría molestado a don Fabrizio, por esta razón, este le da un golpe en uno de sus brazos, acto seguido, es increpado por la víctima, siendo respondida por parte del imputado con una bofetada, causando lesiones catalogadas medicamente como leves. A juicio del ministerio público los hechos constituyen el delito lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066, en el cual al imputado le cabe participación en calidad de autor ejecutor, en grado consumado. 2° Que la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. 3° Que, la resolutiva es del siguiente tenor: Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7,11 N°6, 14, 15, 18, 30, 68, 70 y 399 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 5° y 9° de la Ley 20.066, se declara: I).- Que se condena a OSCAR RAFAEL ORELLANA SEPULVEDA, C.I. 12.289.217-4, domiciliado en Mnquegua s/n, Litueche, a sufrir la pena de multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria especial del artículo 9 letra d de la Ley 20.066, esto es, someterse a un tratamiento psicológico de control de impulsos, por el lapso de un año, por su responsabilidad como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación al artículo 5° de la Ley 20.0

Fallo

se declara: I).- Que se condena a OSCAR RAFAEL ORELLANA SEPULVEDA, C.I. 12.289.217-4, domiciliado en Mnquegua s/n, Litueche, a sufrir la pena de multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria especial del artículo 9 letra d de la Ley 20.066, esto es, someterse a un tratamiento psicológico de control de impulsos, por el lapso de un año, por su responsabilidad como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación al artículo 5° de la Ley 20.066, hecho ocurrido en la comuna de Litueche el día 23 de diciembre de 2019. SXNNTQXCZ Rode Ester Reyes Reumay Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 13:57:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 2 de 2 II).- Que, para el pago de la multa impuesta, se le abonará el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, es decir 1 día equivalente a 1/3 de unidad Tributaria Mensual, por lo cual se tendrá por

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 1 de 2 Procedimiento Simplificado. Litueche, veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que El día 23/12/2019 siendo aproximadamente las 01:40 horas, en circunstancias en que el impu

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