MP C/ GLADYS BETZABET URBINA MARTÍNEZ
Rol
O-535-2019
Fecha
24 de diciembre de 2019
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 15 de junio del año 2018 y alrededor de las 17.30 horas, en circunstancias en que funcionarios de Carabineros realizaban un patrullaje caminando por la Población Lourdes y vistiendo de civil, específicamente por calle Slater, se percatan cuando en la casa que está signada con la numeración 234 de esa calle, un joven compraba un envoltorio de papel blanco cuadriculado a Gladys Urbina Martínez, al encontrar de manera flagrante un envoltorio en poder de este consumidor. Al análisis de la sustancia contenida, corroboraron que correspondía a pasta base de cocaína. Al fiscalizar a la vendedora, imputada Gladys Urbina Martínez, esta mantenía un billete de $1.000 que le había entregado aquel consumidor. De esta forma, previamente autorizados por la imputada Gladys Urbina, se ingresó hasta el domicilio de Slater 254; en dicho lugar se encontró en el living comedor, un monedero, color café con flores, contenedor de 100 envoltorios de papel blanco cuadriculado, en el interior de una caja de remedios también una bolsa de nylon transparente; tanto los envoltorios Maria Esperanza Franichevic Pedrals Juez Integrante Fecha: 24/12/2019 12:27:43 Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 12:28:47 YXXKNXBVXH Gladys del Carmen Medina Montecino Juez Presidente Fecha: 26/12/2019 14:12:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 como la bolsa, mantenían un polvo color beige en su interior que corresponde a pasta base de cocaína. De igual forma en el ingreso al inmueble, había un monedero, color café, que er
Fundamentos
CONSIDERANDO: INDIVIDUALIZACIÓN PRIMERO: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la Juez Presidente doña Gladys Medina Montecino y los magistrados doña María-Esperanza Franichevic´ Pedrals y don Cristian Fredes Hernández, el día 20 de diciembre pasado se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT Nº 535-2019, RUC N° 1800585236-2, seguida contra GLADYS BETZABET URBINA MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad N° 15.104.506-5, 41 años, soltera, nacida el 28 de septiembre de 1977, dueña de casa, con domicilio en calle Slater N° 254, población Lourdes, comuna de Rancagua. Sostuvo la acusación del Ministerio Público el fiscal don Osvaldo Yáñez Ahumada, en tanto que la defensa estuvo a cargo del defensor penal privado don Juan Carlos Venegas Cifuentes, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. ACUSACIÓN SEGUNDO: Que la acusación materia de este juicio se fundó en los siguientes hechos: “El día 15 de junio del año 2018 y alrededor de las 17.30 horas, en circunstancias en que funcionarios de Carabineros realizaban un patrullaje caminando por la Población Lourdes y vistiendo de civil, específicamente por calle Slater, se percatan cuando en la casa que está signada con la numeración 234 de esa calle, un joven compraba un envoltorio de papel blanco cuadriculado a Gladys Urbina Martínez, al encontrar de manera flagrante un envoltorio en poder de este consumidor. Al análisis de la sustancia contenida, corroboraron que correspondía a pasta base de cocaína. Al fiscalizar a la vendedora, imputada Gladys Urbina Martínez, esta mantenía un billete de $1.000 que le había entregado aquel consumidor. De esta forma, previamente autorizados por la imputada Gladys Urbina, se ingresó hasta el domicilio de Slater 254; en dicho lugar se encontró en el living comedor, un monedero, color café con flores, contenedor de 100 envoltorios de papel blanco cuadriculado, en el interior de una caja de remedios también una bolsa de nylon transparente; tanto los envoltorios Maria Esperanza Franichevic Pedrals Juez Integrante Fecha: 24/12/2019 12:27:43 Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 12:28:47 YXXKNXBVXH Gladys del Carmen Medina Montecino Juez Presidente Fecha: 26/12/2019 14:12:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 como la bolsa, mantenían un polvo color beige en su interior que corresponde a pasta base de cocaína. De igual forma en el ingreso al inmueble, había un monedero, color café, que era de propiedad de la imp
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 30, 31, 47, 49, 50, 68 y 70 del Código Penal; artículos 1, 4, 43, 52 y 62 de la Ley N° 20.000; Decreto Supremo N° 867 del Ministerio del Interior del año 2007; y 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena, con costas, a Gladys Betzabet Urbina Martínez, ya individualizada, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de cinco (5) Unidades Tributarias Mensuales, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, y al comiso y destrucción de las especies incautadas, como autora del delito de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, tipificado en el artículo 4º con relación al artículo 1º, ambos de la Ley N° 20.000, en grado de consumado, perpetrado el 15 de junio del año 2018, en la comuna de Rancagua. II.- Que, de acuerdo a lo consignado en los fundamentos décimo sexto y décimo séptimo de este fallo, tanto la pena privativa de libertad como la de multa se tendrán por cumplidas, atendido el mayor tiempo que estuvo sujeta a las Maria Esperanza Franichevic Pedrals Juez Integrante Fecha: 24/12/2019 12:27:43 Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 12:28:47 YXXKNXBVXH Gladys del Carmen Medina Montecino Juez Presidente Fecha: 26/12/2019 14:12:17 ESTE DOCUMENT
Texto Completo (Preview)
1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE RANCAGUA C/ GLADYS BETZABET URBINA MARTÍNEZ RUC 1800585236-2 RIT 535-2019 DELITO TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS O DROGAS ESTUPEFACIENTES O SICOTRÓPICAS En Rancagua, a veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: INDIVIDUALIZACIÓN PRIMERO: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo P
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica