MARIA BERTA MORALES FIERRO C/ NANCY DEL CARMEN CUEVAS QUEZADA
Rol
O-920-2018
Fecha
24 de diciembre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 30 de septiembre del 2017, alrededor de las 06:40 horas de la madrugada, a la altura de la intersección de calle Zañartu esquina 21 de mayo de la ciudad de Chillán, el imputado ALEX AGUAYO ORTIZ conducía en estado de ebriedad el vehículo PPU DJWS-60, y en esas circunstancias, por no estar atento a las condiciones del transito y no respetar la señalética disco "PARE" existente, colisionó al vehículo PPU PC-5002 conducido por Kevin Roa Valdés quien lo hacia en estado de ebriedad (suspensión condicional del procedimiento), quien conducía por calle Zañartu de la ciudad de Chillán y producto de la colisión impacto la reja del antejardín del domicilio ubicado en 21 de mayo N° 1803, Chillán, de propiedad de dona María Berta Morales Fierro. El examen de alcoholemia del imputado Kevin Roa Valdés señaló como resultado 1.27 VEJMNTXSYX Claudia Andrea Gonzalez Grandon Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 12:16:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl gramos por mil de alcohol en la sangre, y la ebriedad del imputado Alex Aguayo fue constatada por testigos debido a su halito alcohólico e inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar. Los daños fueron avaluados en la suma de $ 325.000 pesos CALIFICACION JURIDICA: Respecto del imputado ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ, los hechos constituyen el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, CAUSANDO DANOS, previsto y sancionado en el articulo 196 inc. 1, en relación al articulo 110 inc. 2°, ambos de la ley 18.290.- Al imputado le corresponde una participación en calidad de AUT
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante esta Juez de Garantía se llevó a efecto juicio oral simplificado en contra de ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ, C.I. 13.793.428-0, de profesión u oficio empleado, domiciliado en 21 De Mayo N° 990, San Carlos, por los siguientes hechos: El día 30 de septiembre del 2017, alrededor de las 06:40 horas de la madrugada, a la altura de la intersección de calle Zañartu esquina 21 de mayo de la ciudad de Chillán, el imputado ALEX AGUAYO ORTIZ conducía en estado de ebriedad el vehículo PPU DJWS-60, y en esas circunstancias, por no estar atento a las condiciones del transito y no respetar la señalética disco "PARE" existente, colisionó al vehículo PPU PC-5002 conducido por Kevin Roa Valdés quien lo hacia en estado de ebriedad (suspensión condicional del procedimiento), quien conducía por calle Zañartu de la ciudad de Chillán y producto de la colisión impacto la reja del antejardín del domicilio ubicado en 21 de mayo N° 1803, Chillán, de propiedad de dona María Berta Morales Fierro. El examen de alcoholemia del imputado Kevin Roa Valdés señaló como resultado 1.27 VEJMNTXSYX Claudia Andrea Gonzalez Grandon Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 12:16:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl gramos por mil de alcohol en la sangre, y la ebriedad del imputado Alex Aguayo fue constatada por testigos debido a su halito alcohólico e inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar. Los daños fueron avaluados en la suma de $ 325.000 pesos CALIFICACION JURIDICA: Respecto del imputado ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ, los hechos constituyen el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, CAUSANDO DANOS, previsto y sancionado en el articulo 196 inc. 1, en relación al articulo 110 inc. 2°, ambos de la ley 18.290.- Al imputado le corresponde una participación en calidad de AUTOR; y el grado de desarrollo del delito es CONSUMADO. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: A juicio de esta Fiscalía, respecto del requerido concurren las siguientes circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. Atenuantes: 11 N°6, Código Penal.-Agravantes: No concurren PENA SOLICITADA: El Ministerio Publico solicita se condene al requerido ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de danos a las siguientes penas: 300 días de presidio menor en su grado mínimo; multa de 7 Unidades Tributarias Mensuales; la suspensión de la licencia de conductor por el termino de 2 anos; suspensión de empleos u oficios públicos por el tiempo que dure
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 4º, 36, 48, 295, 297, 325, 340, 341, 342, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal, y artículo 110, 196 y 209 de la Ley del Tránsito 18.290, se declara: I.- Que se absuelve a ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ, ya individualizado, del requerimiento que el Ministerio Público formulara en su contra, como autor del supuesto delito de conducción en estado de ebriedad, ocurrido el día 30 de septiembre de 2017. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. III.- Devuélvase al Ministerio Público la documental incorporada. Redactada por Claudia Andrea González Grandón. RUC: RIT: 920-2018 Chillán, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante esta Juez de Garantía se llevó a efecto juicio oral simplificado en contra de ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ, C.I. 13.793.428-0, de profesión u oficio empleado, domiciliado en 21 De Mayo N° 990, San Carlos, por los siguientes hechos: El día 30 de septiembre del 2017, alrededor de las 06:40 horas de la madrugada, a la altura de la intersección de calle Zañartu esquina 21 de mayo de la ciudad de Chillán, el imputado ALEX AGUAYO ORTIZ conducía en estado de ebriedad el vehículo PPU DJWS-60, y en esas circunstancias, por no estar atento a las condiciones del transito y no respetar la señalética disco "PARE" existente, colisionó al vehículo PPU PC-5002 condu
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AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA Fecha Chillán, 24 de diciembre de 2019 Ruc N° 1700920181-5 Rit N° 920-2018 Magistrado: CLAUDIA GONZALEZ GRANDON Fiscal: - Defensor: - Hora de inicio: 12:02 horas. Hora de término: 12:04 horas. N° de registro de audio: 1700920181-5-1072 Administrativo de actas: Francisca Manosalva Zapata Sala de audiencia: Uno Imputado: ALEX RODRIGO AGUAYO ORTIZ – NO ASISTE Delit
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