Juzgado de Garantía de San Fernando.

MP C/ VÍCTOR ALFONSO SANDOVAL FUENTEALBA

Rol

O-4910-2019

Fecha

19 de diciembre de 2019

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: San Fernando, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 5, 15 N° 1, 66, 67, 68, 69, 70, artículo 494 bis del Código Penal, Ley 18.216 y demás disposiciones aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a VÍCTOR ALFONSO SANDOVAL FUENTEALBA, cédula de identidad N° 0015172739-5, ya individualizado, a sufrir una pena de multa de UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor del ilícito de hurto falta, en grado de fristrado, previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, hecho ocurrido en San Fernando, el día 18 de Diciembre del año 2019. TFKWNWKFXV Maria Teresa Rodriguez Fondon Juez de garantía Fecha: 06/01/2020 10:16:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha hecho de los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que en el evento que el imputado no tuviere bienes para satisfacer la pena de multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose esta en un día de privación de libertad por cada tercio de Unidad Tributar

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 5, 15 N° 1, 66, 67, 68, 69, 70, artículo 494 bis del Código Penal, Ley 18.216 y demás disposiciones aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a VÍCTOR ALFONSO SANDOVAL FUENTEALBA, cédula de identidad N° 0015172739-5, ya individualizado, a sufrir una pena de multa de UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor del ilícito de hurto falta, en grado de fristrado, previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, hecho ocurrido en San Fernando, el día 18 de Diciembre del año 2019. TFKWNWKFXV Maria Teresa Rodriguez Fondon Juez de garantía Fecha: 06/01/2020 10:16:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha hecho de los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por habe

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Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCIÓN diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. Ruc: 1901370258-9 Rit: 4910 - 2019 Hora Inicio: 11:50 Hora Término: 12:00 Imputado: VÍCTOR ALFONSO SANDOVAL FUENTEALBA C.I. N° 0015172739-5 Comparece: SI Domicilio: Calle POBLACIÓN SAN HERNÁN, BLOCK 24, DEPTO. 34,

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