MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ ARIEL ANDRÉS SÁNCHEZ BASAURE
Rol
O-382-2019
Fecha
24 de diciembre de 2019
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. Con fecha veinte del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por el juez presidente Marcelo Echeverría Muñoz e integrado por las juezas Marcela Nilo Leyton y María Isabel Rojas Medar, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 382-2019 RUC 1900310016-5, con la asistencia del fiscal Patricio Martínez Felip, seguida en contra del acusado ARIEL ANDRÉS SÁNCHEZ BASAURE, cédula nacional de identidad 13.236.903-8, chileno, 42 años, nacido en Santiago el 2 de abril de 1977, casado, comerciante, con domicilio en avenida El Tranque 824 de Pudahuel, fijó domicilio para los efectos de lo dispuesto en el artículo 26 del Código Procesal Penal, el de la profesional que lo representa en juicio, de calle Washington 2675 oficina 1003 Antofagasta, abogada particular, Sara Tapia González, cedula nacional de identidad, 12.836.725-K. SEGUNDO: Acusación. Los hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 24/12/2019 11:11:22 GLZFNTCQWW Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 11:28:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Garantía de Antofagasta con fecha 11 de noviembre de 2019, son los siguientes: “Con fecha 21 de Marzo del 2019, aproximadamente a las 11:20 horas, mientras personal de la Sección 0s7 efectuaba diligencias propias de su especialidad en la garita Control la negra, ubicada en el Km 1355 de est
Fundamentos
fundamentos y se expondrán en el desarrollo de la sentencia. Por su parte, la abogada Defensora en su apertura adelantó que tendrían una actitud pasiva, porque no se discutirían los Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 24/12/2019 11:11:22 GLZFNTCQWW Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 11:28:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 hechos, la calificación jurídica ni la participación atribuida a su representado, quien siempre estuvo llano a cooperar. Indicó que éste declararía, que concurría la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9, mencionará los hallazgos posteriores en el vehículo, y así pedir las rebajas de penas correspondientes. En su clausura la defensora reiteró dichas peticiones, detallaremos sus fundamentos al referirnos a las mismas. CUARTO: Acusado. Ariel Andrés Sánchez Basaure renunció a su derecho a guardar silencio y como un medio de defensa declaró en el juicio. Contó que se dedicaba al póker, tenía una categoría especial y en los casinos a nivel nacional se le permitía alojar con comida gratis, días previos a su detención, cuando realizaba la “ruta de casinos”, en el casino de Arica conoció a un señor que le contó del casino de Tacna y le explicó cómo ir hasta allá, fue en su vehículo, se encontró con esta persona, como no conocía el sistema de juego, su estrategia no le resultó y perdió lo que llevaba, este sujeto le pasó plata peruana para que siguiera jugando, equivalente a un millón de pesos chilenos y 300 dólares, para devolvérselo se regresó a Santiago a buscar dinero a su local y al regresar notó que su vehículo no estaba frente al hotel donde lo dejó estacionado y con algunos daños, le faltaba parte del parachoque. Indicó que perdió nuevamente el dinero que llevaba y dicho señor le dijo que como habían pasado dos días y no regresaba habían “encaletado” su auto con marihuana, y que nadie la podía detectar, que lo iba a mandar con un chofer, indicándole que por la deuda tenía dos opciones, dejar el auto o Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 24/12/2019 11:11:22 GLZFNTCQWW Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 11:28:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 28, 31, 49, 50, 68 y 70 del Código Penal; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 45 y demás pertinentes de la Ley 20.000; Ley 19.970 y Ley 18.566; SE DECLARA: I.- Se CONDENA a ARIEL ANDRÉS SÁNCHEZ BASAURE, ya individualizado, a la pena de CINCO (5) AÑOS Y UN (1) DÍA de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, perpetrado el día 21 de marzo de 2019 en este territorio jurisdiccional. II.- Asimismo se le condena al pago de una multa ascendente a cuarenta unidades tributarias mensuales (40 U.T.M.), concediéndoles un plazo para pagarla de diez meses a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada, a razón de cuatro unidades tributarias mensuales cada una. Si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, estese a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Presidente Fecha: 24/12/2019 11:11:22 GLZFNTCQWW Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 11:28:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITAC
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1 RIT N°: 382-2019 RUC N°: 1900310016-5 DELITO: TRÁFICO ILICITO DE DROGAS IMPUTADO: ARIEL ANDRÉS SÁNCHEZ BASAURE DEFENSORA: SARA TAPIA GONZÁLEZ FISCAL: PATRICIO MARTÍNEZ FELIP Antofagasta, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. Con fecha veinte del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por el juez pre
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