C/ JUAN IGNACIO MORALES HIGUERAS
Rol
O-312-2019
Fecha
24 de diciembre de 2019
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación son los siguientes: “El día 23 de enero de 2019 a las 16.00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima VERONICA FERRADA MIRANDA trató de trabajar limpiando vidrios en la esquina de San Alberto Hurtado con la Alameda, comuna de Estación Central para juntar dinero para almorzar, el imputado JUAN IGNACIO MORALES HIGUERAS le dijo: "Aquí no vas a trabajar, maraca culiada. Ahí viene mi señora", mientras ALEJANDRA ROCÍO SALAS ACEITUNO con un palo de madera de más de un metro en la mano le dijo: "Ya te dijo ya, tenías que salir de aquí", tirándole el palo a la cara, golpeando a VERONICA FERRADA MIRANDA, quien cayó de espaldas, y ambos arremetieron en contra de ella colocándose encima de la víctima, mientras que JUAN IGNACIO MORALES HIGUERAS sacó y sustrajo las zapatillas marca PATRICIA INES BRUNDL RIUMALLO Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 10:42:09 LXLYNVGDQD MARIA JOSE GARCIA RAMIREZ Juez Integrante Fecha: 30/12/2019 11:17:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Sketchers color azul, y le sustrajo la mochila Nike de color negro de la víctima con documentos y especies personales. La víctima resultó con un hematoma en la ceja derecha y codo derecho de carácter leve según dato de atención de urgencia.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos un delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo de consumado. La Fiscalía estima que respecto de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización e Intervinientes: Que con fecha diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistrados Geni Morales Espinoza, quien presidió, María José García Ramírez y Patricia Bründl Riumalló se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC N°1900092266-0, RIT N° 312-2019, seguida en contra de la acusada ALEJANDRA ROCIO SALAS ACEITUNO, cédula de identidad N° 18.249.999-4, nacida el 12 de enero de 1993, en Santiago, 26 años, soltera, cesante, domiciliada en Vital Apoquindo 1690. Block C3, departamento 201, comuna de Las Condes representada por el Defensor Penal Público Eduardo Vargas Sotomayor, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal Monique Blanc Merino, con domicilio y forma de notificación registrada en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal: Que según da cuenta el auto de apertura, los hechos materia de la acusación son los siguientes: “El día 23 de enero de 2019 a las 16.00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima VERONICA FERRADA MIRANDA trató de trabajar limpiando vidrios en la esquina de San Alberto Hurtado con la Alameda, comuna de Estación Central para juntar dinero para almorzar, el imputado JUAN IGNACIO MORALES HIGUERAS le dijo: "Aquí no vas a trabajar, maraca culiada. Ahí viene mi señora", mientras ALEJANDRA ROCÍO SALAS ACEITUNO con un palo de madera de más de un metro en la mano le dijo: "Ya te dijo ya, tenías que salir de aquí", tirándole el palo a la cara, golpeando a VERONICA FERRADA MIRANDA, quien cayó de espaldas, y ambos arremetieron en contra de ella colocándose encima de la víctima, mientras que JUAN IGNACIO MORALES HIGUERAS sacó y sustrajo las zapatillas marca PATRICIA INES BRUNDL RIUMALLO Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 10:42:09 LXLYNVGDQD MARIA JOSE GARCIA RAMIREZ Juez Integrante Fecha: 30/12/2019 11:17:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Sketchers color azul, y le sustrajo la mochila Nike de color negro de la víctima con documentos y especies personales. La víctima resultó con un hematoma en la ceja derecha y codo derecho de carácter leve según dato de atención de urgencia.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos un delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo de consum
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N ° 1, 15 N °1, 436 y 439 del Código Penal; 1, 4, 37, 45,48, 295,296, 297, 325, 340, 342, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se ABSUELVE a Alejandra Rocío Salas Aceituno de la acusación fiscal deducida en su contra como autora del delito de robo con violencia, presuntamente perpetrado el día 23 de enero de 2019, en esta ciudad. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico. III. Que tal como se señalara en el veredicto, se levanta cualquier medida cautelar impuesta en contra del acusado en esta causa. Devuélvase la documentación respectiva aportada por los intervinientes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Sentencia redactada por la magistrado señora Patricia Bründl Riumalló. RUC: 1900092266-0 RIT: 312-2019 Sentencia Dictada por la Sala del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal, integrada por las magistrados Geni Morales Espinoza; María José García Ramírez y doña Patricia Bründl Riumalló. PATRICIA INES BRUNDL RIUMALLO Juez Redactor Fecha: 24/12/2019 10:42:09 LXLYNVGDQD MARIA JOSE GARCIA RAMIREZ Juez Integrante Fecha: 30/12/2019 11:17:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar
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1 DELITO: Robo con violencia. RUC: 1900092266-0 RIT: 312-2019 ACUSADA: Alejandra Rocío Salas Aceituno. Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización e Intervinientes: Que con fecha diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistr
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