MP C/ NÉSTOR CAMILO ROJAS ROJAS
Rol
O-338-2019
Fecha
24 de diciembre de 2019
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos de la acusación. Los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 8 de enero de 2019, aproximadamente a las 16:30 horas, en la intersección de Avenida Marina con calle Batuco, a un costado de estero Marga Marga, Viña del Mar, funcionarios de la Policía de Investigaciones observaron al imputado Álvaro Díaz Palacios vender a un tercero un envoltorio con pasta base de cocaína, siendo fiscalizado y encontrándose en su poder 25 envoltorios de dicha sustancia con un peso neto de 1,4 gramos, droga destinada a su comercialización. El día antes indicado y en el mismo horario, en la intersección de Avenida Marina con calle Mercado, en el sector de estacionamientos del estero Marga Marga, Viña del Mar, funcionarios de la Policía de Investigaciones observaron a los imputados Néstor Rojas Rojas y Berta Olguín Marambio vender a un tercero envoltorios con pasta base de cocaína, siendo fiscalizados y encontrándose en poder de Rojas Rojas, 74 envoltorios de dicha sustancia con un peso neto de 7,4 gramos y en poder de Olguín Marambio, 230 envoltorios de dicha sustancia con un peso neto de 15,9 XFKGNTXXBV Marcela Francis Nash Alvarez Juez oral en lo penal Fecha: 24/12/2019 10:17:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 gramos, droga destinada por éstos a su comercialización. Finalmente, los funcionarios policiales sorprendieron en el mismo lugar, al imputado Luis Pozo Contreras, manteniendo en su poder una escopeta de fabricación artesanal, con un cartucho calibre 12 en su in
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, presidido por la magistrada Viviana Poblete Vera, e integrado, además, por los jueces Cristóbal Lira Orphanopoulos y Marcela Nash Álvarez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, seguido en contra de Berta Patricia Olguín Marambio, 38 años, casada, cuidadora de autos, cédula de identidad Nº 13.991.609-3, domiciliada en calle José Moreno N° 1040, Cerro Barón, Valparaíso, representada por la defensora Elizabeth Astudillo; y de Luis Esteban Pozo Contreras, 38 años, cuidador de autos, viudo, cédula de identidad Nº 13.774.866-5, domiciliado pasaje Malalhue N° 521, Villa Independencia, Viña del Mar, representado por el defensor Ernesto Ardiles Álvarez. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Álvaro Ortiz Moya. SEGUNDO: Hechos de la acusación. Los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 8 de enero de 2019, aproximadamente a las 16:30 horas, en la intersección de Avenida Marina con calle Batuco, a un costado de estero Marga Marga, Viña del Mar, funcionarios de la Policía de Investigaciones observaron al imputado Álvaro Díaz Palacios vender a un tercero un envoltorio con pasta base de cocaína, siendo fiscalizado y encontrándose en su poder 25 envoltorios de dicha sustancia con un peso neto de 1,4 gramos, droga destinada a su comercialización. El día antes indicado y en el mismo horario, en la intersección de Avenida Marina con calle Mercado, en el sector de estacionamientos del estero Marga Marga, Viña del Mar, funcionarios de la Policía de Investigaciones observaron a los imputados Néstor Rojas Rojas y Berta Olguín Marambio vender a un tercero envoltorios con pasta base de cocaína, siendo fiscalizados y encontrándose en poder de Rojas Rojas, 74 envoltorios de dicha sustancia con un peso neto de 7,4 gramos y en poder de Olguín Marambio, 230 envoltorios de dicha sustancia con un peso neto de 15,9 XFKGNTXXBV Marcela Francis Nash Alvarez Juez oral en lo penal Fecha: 24/12/2019 10:17:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 gramos, droga destinada por éstos a su comercialización. Finalmente, los funcionarios policiales sorprendieron en el mismo lugar, al imputado Luis Pozo Contreras, manteniendo en su poder una escopeta de fabricación artesanal, con un cartucho calibre 12 en su interior, sin contar que éste cuente con ningún tipo de autorización para el porte o tenencia de armas de fuego.” TERCERO: Calificación j
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 nº 6, 14 nº 1, 15 nº 1, 18, 21, 24, 30, 68, 69 y 76 del Código Penal; y pertinentes de las leyes números 17.798 y 20.000; y artículos 295, 296, 297, 340, 341, 342, 347 y 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve a Luis Esteban Pozo Contreras, de la acusación deducida en su contra, como autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego del artículo 13 en relación con el artículo 3 de la Ley 17.798, que se dijo cometido por él en grado de consumado, el día 8 de enero de 2019, en Viña del Mar. II.- Que se dispone el comiso del arma de fuego hechiza y munición incautadas. XFKGNTXXBV Marcela Francis Nash Alvarez Juez oral en lo penal Fecha: 24/12/2019 10:17:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 16 III.- Que se condena a Berta Patricia Olguín Marambio, como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades del artículo 4, en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, cometido por la acusada en grado d
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1 Delito de la acusación: Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades y tenencia ilegal de arma de fuego hechiza Fiscal: Álvaro Ortiz Moya Acusados: Berta Patricia Olguín Marambio Luis Esteban Pozo Contreras Defensores: Elizabeth Astudillo Rivadeneira Ernesto Ardiles Álvarez RUC: 1900035421-2 RIT: 338 – 2019 Viña del Mar, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve Visto, oído y
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