MP C/ SERGIO JONATHAN FERREIRA FERREIRA
Rol
O-683-2019
Fecha
20 de diciembre de 2019
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que el día 19/12/2019 siendo aproximadamente las 21:00 horas, el imputado llega en compañía de un segundo sujeto no identificado, hasta el local comercial, de nombre de fantasía, ferretería maestro chico, ubicado en la Av. Obispo Larraín N° 971, de la comuna de Litueche, en dichas circunstancias al ser atendido por doña Lucinda Lecaros Baeza, esta procede a extraer desde sus vestimentas un pequeño bolso de color blanco, en el cual había la suma de 150.000 pesos, en estas circunstancias, en un momento de descuido de dicha víctima, el imputado procede a abalanzarse sobre esta para quitarle de entre sus manos dicho bolso, saliendo y huyendo con a especie en su poder, cabe señalar que el mismo imputado, encontrándose en la camioneta marca Toyota Hilux, PPU: KY44-95, en las inmediaciones del mismo local comercial, la que se encontraba con sus puertas abiertas, procede a ingresar al habitáculo del mismo, sustrayendo con ánimo de lucro, sin la voluntad de su dueño, un pendrive de color negro, de propiedad de don Alex Rubio Navarro. A juicio del Ministerio Público, estos hechos constituyen los delitos de robo con sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal y hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, en el cual al imputado le cabe participación en calidad de autor ejecutor, en grado consumado. 2° Que, la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. 3° Que, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 15, 67, 70 y 456 Bis A del Código Penal, artículo 406 y siguiente del Código Procesal Penal y artículo 7 de la Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, se declara: I.- Que se condena a SERGIO JONATHAN FERREIRA FERREIRA, C.I. N° 13.432.276- 4, domiciliado en Aconc
Fallo
se declara: I.- Que se condena a SERGIO JONATHAN FERREIRA FERREIRA, C.I. N° 13.432.276- 4, domiciliado en Aconcagua N° 81, Cerro Esperanza, comuna de Valparaíso, a la pena única de DOS (2) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE UN TERCIO (1/3) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de delitos de robo con sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal y hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, hecho cometido el día 21 de octubre de 2018, en la comuna de Litueche. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 8° de la Ley 18.216 se sustituye las penas corporales impuestas por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo sujetarse el sentenciado a encierro entre las 22:00 JCKNNTHVQX Rode Ester Reyes Reumay Juez de garantía Fecha: 23/12/2019 19:12:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl horas
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Litueche, veinte de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: 1° Que, la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que el día 19/12/2019 siendo aproximadamente las 21:00 horas, el imputado llega en compañía de un segundo sujeto no identificado, hasta el local comercial, de nomb
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica