Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA LOCAL POZO ALMONTE C/ CLAUDIO ANDRÉS JARAMILLO PINUER

Rol

O-1884-2018

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS Hecho N° 1: “El día 4 de octubre de 2018, a eso de las 21:28 horas, mientras el imputado CLAUDIO ANDRÉS JARAMILLO PINUER, se encontraba en compañía de la víctima, su conviviente doña Jacqueline Cervantes Relayze, en el inmueble ubicado en calle 16 de Julio N° 518, Poblado de La Tirana, comuna de Pozo Almonte, y tras una discusión entre ambos, el imputado procede a agredir a su conviviente, la cual resultó con contusión mano izquierda, erosión lumbar de carácter leve conforme certificado de lesiones N° 096704, emitido por el CESFAM de Pozo Almonte. Hecho N° 2:“El imputado el día 1 de enero de 2019, a eso de las 01:55 horas, mientras se encontraba en compañía de la víctima, su conviviente doña Jacqueline Cervantes Relayze, en el inmueble ubicado en calle 16 de Julio N° 518, Poblado de La Tirana, comuna de Pozo Almonte, y tras una discusión que habrían sostenido entre ambos, don CLAUDIO ANDRÉS JARAMILLO PINUER, quien se encontraba en estado de ebriedad, la víctima le manifiesta no acercarse al imputado a la cocina debido a que se mantenía en estado de ebriedad y ella se encontraba cocinando razón por la cual el imputado se ofusca, y señalando “yo estoy en mi casa y hago las weas que quiero” para luego proceder a agredirla en el sector de los ojos, punzándoselos, y acto seguido le propina un golpe de puño en el rostro, específicamente en la nariz, produciéndole lesiones a la víctima consistente en laceración en labio inferior, más edema hematoma de facie derecho según certificado de atención N° 055314 del CESFAM de Pozo Almonte”. Hecho N°3: “El día 7 de enero de 2019, a eso de las 17:20 horas, mientras la víctima se encontraba al interior de la Fiscalía Local del Tamarugal, en esa oportunidad, ubicada en calle Marcelo Barahona N° 108 de esta comuna y el imputado CLAUDIO ANDRÉS JARAMILLO PINUER se encontraba junto con ella, de hecho la víctima había realizado una consulta y se le había decretado en su oportunidad la medida cautelar de prohibición de acercarse a

Fallo

SE DECLARA: Que con fecha 20 de diciembre del 2019, se condena a: CLAUDIO ANDRÉS JARAMILLO PINUER, cédula de identidad N° 15.498.292-2, domiciliado en calle Andes Nº2667, comuna de Santiago, como autor de DOS delitos consumados de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en los artículos 399, 400, 494 N° 5 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066, por los hechos ocurridos JYEXNTBRCM Isabel Alejandra Pena Cifuentes Juez de garantía Fecha: 23/12/2019 15:07:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl . en territorio jurisdiccional de este tribunal, los día 4 de octubre del 2018 y 1 de enero de 2019 , a sufrir por cada uno de los delitos la PENA de: PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 2 unidades tributarias mensuales por cada delito 10 cuotas 30 de enero 2020 Observación:  La pena de multa de 2 UTM cada uno de los delitos.  Respecto de la multa impuesta, se le tendrán por pagados 2/3 de la misma, atendido el tiempo que el imputado permaneció privado de li

Texto Completo (Preview)

. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obr

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