Juzgado de Garantía de Loncoche.

MP LONCOCHE C/ FRANCISCO JAVIER VERGARA SOTO

Rol

O-665-2019

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante el Juzgado de Garantía de Loncoche se ha tramitado el presente juicio, RUC 1910045703-5 RIT 665 -2019 según las normas del procedimiento abreviado de los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal. La intervención del Tribunal se inicio con la audiencia de control de detención y posterior formalización el día 15 de septiembre 2019. En dicha oportunidad el Ministerio Público comunico formalmente que realizaba una investigación respecto del acusado Francisco Javier Vergara Soto, chileno, cédula de identidad Nº 20.114.583-K, domiciliado en San Columbano Nº 0382 Loncoche, ignoro profesión u oficio, actualmente recluido CDP Villarrica y en contra de Anderson Andrés Sandoval Briceño, chileno, cédula de identidad Nº 20.356.988-2, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Katherine Horley Nº 0364 Loncoche y actualmente recluido en CDP Villarrica. Desde las primeras diligencias realizadas en la causa los imputados fueron asesorados y representados por el abogado de la Defensoría Penal Pública don Rigoberto Ortiz Pelizzari y posteriormente por el abogado de la defensoría penal Licitada don Nicolás Castillo Cruz. SEGUNDO: Que la fiscalía local de Loncoche dedujo acusación contra de los imputados ya individualizados el día 18 de noviembre 2019. En su presentación y como fundamento de la acusación, la Sra., Fiscal señalo los siguientes hechos: Con fecha 14 de septiembre del 2019, alrededor de las 08:45 hrs.,los acusados Francisco Javier Vergara Soto y Anderson Andrés Sandoval Briceño, con la finalidad de sustraer especies concurren hasta el inmueble ubicado en calle Gloria Benavides Nº 0222 de la comuna de Loncoche, de propiedad de la victima de iniciales E.D.C.C.S donde el acusado Sandoval Briceño salta la reja perimetral para acceder al ante jardín de la propiedad, donde premunido de una piedra rompe el vidrio de la ventana correspondiente a la cocina a la altura del seguro, logrando abrir de ésta manera la misma y por esta vía no destinada al efecto ingresar a la casa habitación donde efectúa labores de registro en todas las dependencias de la vivienda, mientras el acusado Vergara Soto efectúa labores de vigilancia en el exterior, para luego sumarse ingresando de la misma manera que su co-autor, saltando reja perimetral y posteriormente por la ventana ya fracturada a cooperar con las labores de registro y acopio de diferentes especies de propiedad de la víctima, consistentes en un computador, una plancha pelo, un secador, diferentes joyas ( aros, cadenas y anillos ) además de mercadería de abarrotes, sustracción de las referidas especies que se vio frustrada ante la llegada de personal policial al lugar, quien alertado por vecinos sorprenden al acusado Vergara Soto saltando la misma reja perimetral hacia el exterior y el acusado Sandoval Briceño, aun al interior de la vivienda. Los hechos descritos son constitutivos del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado previsto y sancionado en los artículos 440

Fallo

se declara: 1.- Que se condena a Anderson Andrés Sandoval Briceño, ya individualizado, a la pena de Siete años y medio de presidio mayor en su grado mínimo a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el MXCGNTBSNS Maria Angelica Baeza Haltenhoff Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 08:04:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl tiempo de la condena, como autor del delito de robo en lugar habitado en grado frustrado, hecho ocurrido en este territorio jurisdiccional. 2.- Que el condenado no cumpliendo con ninguno de los requisitos de la Ley 18.216 deberá entrar a cumplir en forma efectiva su condena. Se le abona los días que permaneció detenido y en prisión preventiva desde el día 14 de septiembre 2019 a la fecha. (98 días) 3.- Que se condena a Francisco Javier Vergara Soto, ya individualizado, a la pena de Cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derech

Texto Completo (Preview)

Loncoche, veinte de diciembre dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante el Juzgado de Garantía de Loncoche se ha tramitado el presente juicio, RUC 1910045703-5 RIT 665 -2019 según las normas del procedimiento abreviado de los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal. La intervención del Tribunal se inicio con la audiencia de control de detención y posterior formalización

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica