Juzgado de Garantía de Río Negro.

MINISTERIO PUBLICO C/ ESTEBAN DANILO RUIZ CÁRDENAS

Rol

O-1247-2019

Fecha

11 de diciembre de 2019

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 399, 494 N°5 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 20.066, SE DECLARA: I.- Que, se condena a ESTEBAN DANILO RUIZ CÁRDENAS, C.I. 17.658.889-6, domiciliado en Fundo Las Lomas, Casa de Lata S/N, comuna de Río Negro, forma especial de notificación telefónica y whatsapp al teléfono celular 991371975, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor en el delito consumado de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 y 399 del Código Penal, en relación al artículo 5° de la ley 20.066, hecho ocurrido el día 10 de diciembre de 2019. II.- Que, la pena de multa se tiene por cumplida por el día que estuvo privado de libertad con motivo de la presente causa. HSXYNTQCYF TITO EDGARDO ALARCON SALVO Juez de garantía Fecha: 23/12/2019 09:59:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO III.- Que, se le condena a la pena accesoria del artículo 9° de la ley 20.066, por el término de seis meses, letra b) prohibición de acercarse a la víctima Paola Andrea Díaz Barriga, y a su domicilio ubicado en Fundo Las Lomas, sector Casa de Lata, Río Negro, a su lugar de trabajo o estudios o cualquier lugar donde ésta concurra o visite habitualmente; y letra c) prohibición de porte y tenencia de armas de fuego, debiendo oficiarse a quien corresponda. IV.- Que, no se condena en costas por haber reconocido re

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 399, 494 N°5 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 20.066, SE DECLARA: I.- Que, se condena a ESTEBAN DANILO RUIZ CÁRDENAS, C.I. 17.658.889-6, domiciliado en Fundo Las Lomas, Casa de Lata S/N, comuna de Río Negro, forma especial de notificación telefónica y whatsapp al teléfono celular 991371975, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor en el delito consumado de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 y 399 del Código Penal, en relación al artículo 5° de la ley 20.066, hecho ocurrido el día 10 de diciembre de 2019. II.- Que, la pena de multa se tiene por cumplida por el día que estuvo privado de libertad con motivo de la presente causa. HSXYNTQCYF TITO EDGARDO ALARCON SALVO Juez de garantía Fecha: 23/12/2019 09:59:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANT

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JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO REGISTRO N° ______________ RIT : 1247 - 2019 RUC : 1901336530-2 PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO MATERIA : Lesiones menos graves VIF. RESOLUCIÓN : Sentencia Definitiva IMPUTADO : ESTEBAN DANILO RUIZ CÁRDENAS Hecho determinado: Que, el día 10 de diciembre de 2019, alrededor de las seis de la tarde, mientras la víctima doña Paola Andrea Díaz Barriga, se encontraba al interi

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