MP C/ VALENTINA FRANCISCA PATRICIA GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Rol
O-6972-2019
Fecha
19 de diciembre de 2019
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 22 de Octubre de 2019, a las 08:00 Horas los imputados Cesar Naranjo Muñoz y Valentina González González fueron sorprendidos por personal policial en calle Los Loros con Domeyko de esta ciudad portando entre sus manos y en el interior de un canasto diversas especies ( 9 bolsas de detergente, 2 paquetes de pañales, 2 botellas de ron, 4 botellas de suavizante, 13 pack de máquinas de afeitar) conociendo o no pudiéndome menos que conocer el origen ilícito de las mismas, toda vez que eran producto del robo que efecto al supermercado Unimarc ubicado en Av. Henríquez de esta ciudad durante la madrugada en el contexto de saqueo en que un grupo indeterminado de personas ingresó por medio de la fuerza al interior del mismo.” SE DECLARA: I. Que se condena a CÉSAR ANTONIO NARANJO MUÑOZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS A., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el 22 de octubre de 2019, a la pena de CINCUENTA Y OCHO (58) DÍAS, PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO– MULTA UN TERCIO (1/3) Unidad Tributaria Mensual – ACCESORIAS del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. El Tribunal reconoce 58 días de abono entre el 21 de octubre de 2019 al 18 de diciembre de 2019. III. La pena de corporal se tendrá por cumplida, por el tiempo de abono que el imputado tiene en la presente causa. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a privado de libertad el 12 de diciembre de 2019 IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes de
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CÉSAR ANTONIO NARANJO MUÑOZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS A., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el 22 de octubre de 2019, a la pena de CINCUENTA Y OCHO (58) DÍAS, PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO– MULTA UN TERCIO (1/3) Unidad Tributaria Mensual – ACCESORIAS del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. El Tribunal reconoce 58 días de abono entre el 21 de octubre de 2019 al 18 de diciembre de 2019. III. La pena de corporal se tendrá por cumplida, por el tiempo de abono que el imputado tiene en la presente causa. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a privado de libertad el 12 de diciembre de 2019 IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./dlm XDFPNTJXSX Álvaro Marcel Fernández Morales Juez de garantía Fecha: 23/12/2019 12:03:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: ÁLVARO MARCEL FERNÁNDEZ MORALES RUC: 1901141647-3 RIT: 6972 - 2019 IMPUTADO: CÉSAR ANTONIO NARANJO MUÑOZ C.I. 0012841683-8 FECHA DE NAC. 17 de febrero de 1975 DIRECCION Calle Recoba N°1952, ampliación pratt. COMUNA: Copiap
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