C/ FELIPE IGNACIO GUERRA RENCA
Rol
O-6713-2019
Fecha
19 de diciembre de 2019
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 25, 26, 30, 50 y siguientes, 67, 288 bis, 432, 436 inciso segundo, 449, todos del Código Penal; 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I. Se condena a Felipe Ignacio Guerra Renca, ya individualizado, en su calidad de autor de un delito de robo por sorpresa y de un delito de porte de arma cortante y punzante, sin justificar el porte de la misma, hechos perpetrados el día 09 de septiembre del año 2019, en la comuna de Quinta Normal, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal, y a una pena de multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más pena de comiso, todo ello sin costas. II. Que la pena de multa impuesta se convierte a la sanción de reclusión, y se tiene por cumplida con el día de detención del imputado, el día 09 de septiembre del año 2019, según consta de la carpeta judicial. III. Se dispone el comiso del arma blanca incautada la cual será destruida por el Ministerio Público IV. Que la pena impuesta será de cumplimiento efectivo, sirviéndole al sentenciado todo el tiempo que ha permanecido privado de libertad, en prisión preventiva, por esta causa, desde el día 10 de septiembre del año en curso, ininterrumpidamente hasta el día de hoy, lo que suma 101 días. Regístrese y archívese en su oportunidad. KGDXNTRCCY RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 12:23:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.hor
Fallo
se declara que: I. Se condena a Felipe Ignacio Guerra Renca, ya individualizado, en su calidad de autor de un delito de robo por sorpresa y de un delito de porte de arma cortante y punzante, sin justificar el porte de la misma, hechos perpetrados el día 09 de septiembre del año 2019, en la comuna de Quinta Normal, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal, y a una pena de multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más pena de comiso, todo ello sin costas. II. Que la pena de multa impuesta se convierte a la sanción de reclusión, y se tiene por cumplida con el día de detención del imputado, el día 09 de septiembre del año 2019, según consta de la carpeta judicial. III. Se dispone el comiso del arma blanca incautada la cual será destruida por el Ministerio Público IV. Que la pena impuesta será de cumplimiento efectivo, sirviéndole al sentenciado todo el tiempo que ha permanecido privado de libertad, en prisión preventiva, por esta causa, desde el día 10 de septiembre del año en curso, ininterrumpidamente hasta el día de hoy, lo que suma 101 días. Regístrese y archívese en su oportunidad. KGDXNTRCCY RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 12:23:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada correspon
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Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. Procedimiento Abreviado R.U.C. 1900976761-7 R.I.T. 6713-2019 JUEZ RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ FISCAL MARIA ALEJANDRA BRAVO FIGUEROA DEFENSOR CLAUDIA MORÁN RE
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