Juzgado de Garantía de San Fernando.

MP C/ CARLOS ANTONIO PEDRAZA PAREDES

Rol

O-1448-2019

Fecha

17 de diciembre de 2019

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: San Fernando, diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 1, 7, 15 del Código Penal; artículo 50 de la ley 20.000; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a IVÁN IGNACIO ARIAS SALAZAR, cédula de identidad 19.939.718-4, como autor de la FALTA DE PORTE DE DROGAS DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY 20.000, ocurrida en San Fernando, el día 27 de abril del año 2019, debiendo soportar este la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que respecto de la pena multa impuesta, se tendrá por cumplida por el mayor tiempo que el penado se encontró privado de libertad. FVPKNSEPLY Fernando Felipe Feliu Correa Juez de garantía Fecha: 20/12/2019 13:59:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Que se exime al penado del pago de las costas de la causa. El Tribunal tiene presente la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes, quedando el presente fallo firme y ejecutoriado. Que en su oportunidad se deberá darse cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 1448-2019 RUC 1900451421-4 Dirigió la audiencia y resolvió don FERNANDO FELIPE FELIÚ CORREA, Juez del Juzgado de Garantía de San Fernando. . FVPKNSEPLY Fernando Felipe Feliu Correa Juez de garantía Fecha: 20/12/2019 13:59:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 1, 7, 15 del Código Penal; artículo 50 de la ley 20.000; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a IVÁN IGNACIO ARIAS SALAZAR, cédula de identidad 19.939.718-4, como autor de la FALTA DE PORTE DE DROGAS DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY 20.000, ocurrida en San Fernando, el día 27 de abril del año 2019, debiendo soportar este la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que respecto de la pena multa impuesta, se tendrá por cumplida por el mayor tiempo que el penado se encontró privado de libertad. FVPKNSEPLY Fernando Felipe Feliu Correa Juez de garantía Fecha: 20/12/2019 13:59:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Que se exime al penado del pago de las costas de la causa. El Tribunal tiene presente la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes, quedando el presente fallo firme y ejecutoriado. Que en su oportunidad se deberá darse cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 d

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Acuerdo Reparatorio y Procedimiento Simplificado Fecha San Fernando., diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve Magistrado FERNANDO FELIPE FELIÚ CORREA Fiscal JOSÉ DANIEL ESCOBAR FUENZALIDA Defensor PAULA PAEZ GONZALEZ Víctima MARTA MATILDE FERNANDEZ MUÑOZ, C.I. N° 0010094660- 2, domiciliada en VILLA SAN MARCELINO, PASAJE SANTUARIO N° 982, SAN FERNANDO FONO: 9

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