Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

MINISTERIO PUBLICO . . C/ VÍCTOR ALEJANDRO ARRIAGADA RAMÍREZ

Rol

O-210-2019

Fecha

20 de diciembre de 2019

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra del imputado, la cual señala lo siguiente: "El día 24 de enero de 2018 en horas del día, desconocidos roban el automóvil marca Daewoo, modelo Nubira, color blanco, con la placa patente TV-1516, de propiedad de Karin Tolhuijsen Vásquez, el cual se encontraba estacionado en vía pública en Chillán, dándose aviso la victima a carabineros. Luego cerca de las 17.55 horas del mismo día, se VXHTNSHJXX Juan Pablo Lagos Ortega Juez oral en lo penal Fecha: 20/12/2019 13:02:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 divisó el auto en posesión del acusado en las calles Torres del Paine con Pasaje Cordillera de la ciudad de Chillán, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del auto, por cuanto al ver e carabineros se dio a la fuga, acusado que lo conducía a sabiendas con placa patente distinta, pues se le había instalado la placa patente BZ-3269, las cuales corresponde a un móvil Volkswagen. Respecto de los hechos descritos, el Ministerio Público los ha calificado como constitutivos del delito de conducción de vehículo con placa patente distinta a la corresponde y el delito de receptación, previstos y sancionados en los artículos 192 letra e) de la ley 18.290, y artículo 456 bis A inciso 3° del Código Penal, correspondiéndole al imputado participación en ambos delitos calidad de autor, de acuerdo al artículo 15 N°1 del Código Penal y encontrándose los delitos en grado de ejecución consumado. Asimis

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que con fecha dieciséis de diciembre del presente año dos mil diecinueve, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces titulares don Raúl Romero Sáez, quien presidió la audiencia y don Juan Pablo Lagos Ortega, luego de que

Fallo

se declarase inhabilitado el juez subrogante don Edgardo Pinto Solís, de conformidad a lo previsto en el artículo 76 del Código Procesal Penal, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral en la causa RIT 210 – 2019, seguida por los delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO Y DE CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON PLACA PATENTE DISTINA A LA QUE CORRESPONDE, en contra de VÍCTOR ALEJANDRO ARRIAGADA RAMÍREZ, RUN 17.128.704-9, 31 años, nacido el 8 de agosto de 1988, soltero, jornal, domiciliado en Población Lomas De Oriente 1, Pasaje Cerro Alegre N° 770, Chillán, representado por los abogados Defensores Penales Públicos don Jorge González Godoy e Iván Rodríguez Mella, ambos con domicilio y forma de notificación registrada en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Richard Urra Blanco, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal: Que, los hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra del imputado, la cual señala lo siguiente: "El día 24 de enero de 2018 en horas del día, desconocidos roban el automóvil marca Daewoo, modelo Nubira, color blanco, con la placa patente TV-1516, de propiedad de Karin Tolhuijsen Vásquez, el cual se encontraba estacionado en vía pública en Chillán, dándose aviso la victima a carabineros. Luego cerca de las 17.55 horas del mismo día, se VXHTNSHJXX Juan Pablo Lagos Ortega Juez oral

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1 Chillán, veinte de diciembre mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que con fecha dieciséis de diciembre del presente año dos mil diecinueve, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces titulares don Raúl Romero Sáez, quien presidió la audiencia y don Juan Pablo Lagos Ortega, luego de que se declarase inhabilitad

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