CRISTIAN MARCELO LEIVA LUNA C/ MICHAEL SEBASTIÁN MOLINA LEIVA
Rol
O-6237-2019
Fecha
20 de diciembre de 2019
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 15 de marzo de 2019 como las 00:20, carabineros sorprendió al requerido MICHAEL SEBASTIAN MOLINA LEIVA, en calle los Apachetas esquina Surire, merodeando os autos que se encontraban en el lugar.Que al momento de efectuarle una revisión de sus vestimentas se encontró al interior de en un bolsillo de su chaqueta un herramienta de fabricación artesanal, con forma de T, envuelta en hincha aisladora, elemento conocido para cometer ilícitos. Temuco, veinte de diciembre de dos mil diecinueve Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 15, 31, 49, 68, 69, 288 bis del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a MICHAEL SEBASTIÁN MOLINA LEIVA, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante del artículo 288 bis del Código Penal por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 15 de marzo de 2019, a las penas de multa de UN QUINTO (1/5) unidad tributaria mensual. XDBFNTXTDK Marcia Patricia Castillo Monjes 0 Fecha: 23/12/2019 13:05:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que se decreta asimismo el comiso de las especies incautadas y se autoriza desde ya al Ministerio Público para su destrucción o disposición conforme a la ley. III.- Que la multa impuesta se convierte
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 15, 31, 49, 68, 69, 288 bis del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a MICHAEL SEBASTIÁN MOLINA LEIVA, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante del artículo 288 bis del Código Penal por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 15 de marzo de 2019, a las penas de multa de UN QUINTO (1/5) unidad tributaria mensual. XDBFNTXTDK Marcia Patricia Castillo Monjes 0 Fecha: 23/12/2019 13:05:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que se decreta asimismo el comiso de las especies incautadas y se autoriza desde ya al Ministerio Público para su destrucción o disposición conforme a la ley. III.- Que la multa impuesta se convierte por un día de reclusión y se le da por cumplida por el tiempo que ha pasado privado de libertad por esta causa; IV.- Que se le exime del pago de las costas por su actitud procesal
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RESUMEN RIT : 6237 - 2019 RUC : 1900282290-6 MATERIA : Porte de arma cortante o punzante (Artículo 288 bis del Código Penal) IMPUTADO : MICHAEL SEBASTIÁN MOLINA LEIVA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0018694944-7 DOMICILIO : Calle Zuribe, depto. F, block 9 Nº 0877, Temuco. ATENUANTES : - AGRAVANTES : - RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos: El día 15 de marzo de 2019 como las 00:20, carab
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