MARCOS MOISES PEÑALOZA CARRASCO C/ MIGUEL OSVALDO PÉREZ VILLALOBOS
Rol
O-5760-2019
Fecha
18 de diciembre de 2019
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS “El día 09/2/2019, alrededor de las 04:45 PM horas, el requerido don MIGUEL OSVALDO PÉREZ VILLALOBOS se encontraba en la vía pública, en la intersección de calle SAN LUIS CON FERMÍN VIVACETA, en la comuna de Independencia, portando consigo un arma blanca consistente en un cuchillo de 8 centímetros de hoja y 11 centímetros de empuñadura, sin justificar razonablemente su porte.” Santiago, a dieciocho de Diciembre del año dos mil diecinueve. En virtud, además, de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 21, 31, 49, 68, 69 70 y 288 bis del Código Penal; y 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Se Resuelve: I. Se condena a MIGUEL OSVALDO PEREZ VILLALOBOS, Cédula de Identidad N°14.164.162-K, por su responsabilidad como autor del delito consumado de Portar un arma cortante en la vía pública, ilícito descrito y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, por el hecho cometido en la comuna de Recoleta el día 09 de Febrero de 2019, a la sanción pecuniaria de multa ascendente a UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la pena de comiso y destrucción del arma cortante incautada el día de los hechos .Destrúyase el arma incautada, tipo cuchillo, con instrucciones administrativas que imparta la fiscalía local para estos efectos. DFPDNSTWZX PAULA ANDREA BRITO CASTRO Juez de garantía Fecha: 20/12/2019 11:11:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II. Téngase por íntegramente cumplida la sanción pecuniaria precedentemente impuesta con cargo a los días de su detenc
Fallo
Se Resuelve: I. Se condena a MIGUEL OSVALDO PEREZ VILLALOBOS, Cédula de Identidad N°14.164.162-K, por su responsabilidad como autor del delito consumado de Portar un arma cortante en la vía pública, ilícito descrito y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, por el hecho cometido en la comuna de Recoleta el día 09 de Febrero de 2019, a la sanción pecuniaria de multa ascendente a UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la pena de comiso y destrucción del arma cortante incautada el día de los hechos .Destrúyase el arma incautada, tipo cuchillo, con instrucciones administrativas que imparta la fiscalía local para estos efectos. DFPDNSTWZX PAULA ANDREA BRITO CASTRO Juez de garantía Fecha: 20/12/2019 11:11:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II. Téngase por íntegramente cumplida la sanción pecuniaria precedentemente impuesta con cargo a los días de su detención controlada en audiencias de fecha 18.12.19. III. Se le exime del pago de las costas de la causa, en atención a que, habiendo reconocido los hechos, r
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TERCER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1900953260-1 RIT : 5760- 2019 MATERIA : PORTE DE ARMA CORTANTE EN LA VÍA PÚBLICA. SENTENCIADO: MIGUEL OSVALDO PEREZ VILLALOBOS, Cédula de Identidad N°14.164.162-K, domiciliado en calle CABO DE HORNOS nº 931, ESTACION CENTRAL. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : ARTÍCULO 11 Nº 9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : No c
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