Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ CRISTIAN ALEJANDRO MUÑOZ MUÑOZ

Rol

O-2688-2019

Fecha

17 de diciembre de 2019

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 7, 11 n°9, 14 n°1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 49, 50, 68, 70, del Código Penal; artículos 1 y 4 de la Ley 20.000, artículos 297, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y disposiciones pertinentes de la Ley 18.216, y artículo 17 de la ley 19970, se declara: I.- Que, se condena al imputado CRISTIAN ALEJANDRO MUÑOZ MUÑOZ, RUN 0011678913-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación con el artículo 1, ambos de la ley 20.000 cometido el día 6 de mayo de 2018 en el territorio jurisdiccional de este Tribunal, a sufrir la pena corporal de SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA a beneficio del fondo especial artículo 46 de la ley 20.0000 de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL , accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y al comiso del dinero y especies que le fueren incautadas. II.- Que, en consideración al tiempo en que el sentenciado ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de la presente causa, esto es, desde el día 6 de mayo de 2019, en que fuera detenido y, posteriormente, sometido a la medida cautelar de prisión preventiva el día 7 de mayo de 2019 hasta el día de hoy y, asimismo, teniendo en consideración los abonos que aparecen consignados en el formulario de Gendarmería de chile N° 9669-2018 de 7 de octubre de 2018, correspondientes a 422 días que no han sido abonados a causa diversa, de causa Rit 1021-2016 y rit 1840-2016, se le da la pena privativa de libertad impuesta por cumplida. III.- Que si el sentenciado no tuviere bienes suficientes para satisfacer la pena de multa que le ha sido impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un dia por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha resultado condenado, correspondiendo, en la especie, a 3 días de

Fallo

se declara: I.- Que, se condena al imputado CRISTIAN ALEJANDRO MUÑOZ MUÑOZ, RUN 0011678913-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación con el artículo 1, ambos de la ley 20.000 cometido el día 6 de mayo de 2018 en el territorio jurisdiccional de este Tribunal, a sufrir la pena corporal de SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA a beneficio del fondo especial artículo 46 de la ley 20.0000 de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL , accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y al comiso del dinero y especies que le fueren incautadas. II.- Que, en consideración al tiempo en que el sentenciado ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de la presente causa, esto es, desde el día 6 de mayo de 2019, en que fuera detenido y, posteriormente, sometido a la medida cautelar de prisión preventiva el día 7 de mayo de 2019 hasta el día de hoy y, asimismo, teniendo en consideración los abonos que aparecen consignados en el formulario de Gendarmería de chile N° 9669-2018 de 7 de octubre de 2018, correspondientes a 422 días que no han sido abonados a causa diversa, de causa Rit 1021-2016 y rit 1840-2016, se le da la pena privativa de libertad impuesta por cumplida. III.- Que si el sentenciado no tuviere bienes suficientes para satisfacer la pena de multa que le ha sido impuesta sufrirá por

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Individualización de Audiencia de procedimiento abreviado Fecha Talcahuano, diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve Magistrado SILVIA PATRICIA JIMENEZ CID Fiscal MARIANA GLORIA RAMÍREZ HERRERA Defensor RICARDO ARTURO TERÁN SCHOLTBACH Hora inicio 10:35 AM Hora termino 12:20 PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Talcahuano. Acta Vanesa Larenas Esrom RUC 1900484224-6 RIT 2688 - 2019 N

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