8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JAVIERA FERNANDA DÍAZ ARANDA

Rol

O-6892-2018

Fecha

19 de diciembre de 2019

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES, SABOTAJE INFORMÁTICO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que la fiscal adjunto, ha sustituido procedimiento y ha requerido en procedimiento simplificado a HECTOR DANIEL VILCHES CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 6.532.971-9, empresario, con domicilio en Los Álamos N° 7, sector Granalla, Putaendo, ya individualizado, acompañado por su defensor de confianza, como autor del delitos de estafa y cómplice en el delito de sabotaje informático, previstos y sancionados en los artículos 473 del Código Penal y 3 de la Ley Nº 19.223 respectivamente, en grado de ejecución consumados. Que llevada a cabo la audiencia respectiva con la presencia del fiscal del ministerio público, el imputado y su abogado defensor de confianza se preguntó a éste si admitía responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, o si por el contrario, solicitaría la realización de juicio a lo cual respondió que admitía responsabilidad en los hechos. Tras la admisión de responsabilidad el Tribunal dictó sentencia inmediatamente. C O N S I D E R A N D O: 1) Que la fiscal requirió verbalmente al imputado, ya individualizado, sobre la base de los siguientes hechos: “En días previos al 6 de junio de 2017 los requeridos Javiera Diaz Aranda; Manuel Anabalon Sazo y Hector Vilchez Contreras, con la intención de defraudar a la víctima la empresa All Phone Ltda rut 76126392-7 ubicada en Luis Thayer Ojeda N° 95, oficina 503, Providencia facilitaron sus cuentas bancarias a un tercero de identidad desconocida con la finalidad de recibir en ellas transferencias de dinero desde la cuenta que la víctima mantenía en el Banco de chile a la cual el tercero accedería mediante engaños. Es así que el día 06 de junio de 2017 aproximadamente a las 10:00 hrs. aproximadamente, doña VIVIANA GLORIA ESPINOZA ZÚÑIGA dependienta de la empresa All Phone Ltda rut 76126392-7 se encontraba en su lugar de trabajo, ubicado en Luis Thayer Ojeda N° 95, oficina 503, Providencia, cuando ingresó a la página web del Banco de Chile para revisar la cuenta corriente de la em

Fallo

SE DECLARA: 1.- Que se condena, sin costas, a don HECTOR DANIEL VILCHES CONTRERAS, a la pena única de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de UNA unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por los delitos de estafa y sabotaje informático, previstos y sancionados en los artículos 473 del Código Penal y 3 de la Ley Nº 19.223 respectivamente, ambos en grado de ejecución consumados en los cuales ha cabido al requerido participación en calidad de autor respecto del delito de estafa y de cómplice respecto del delito de Sabotaje Informático, hechos acaecidos en territorio jurisdiccional de este tribunal, en días previos al 6 de junio de 2017 y ese mismo día. CLLRNSYXXN SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON Juez de garantía Fecha: 19/12/2019 14:38:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2.- Que el sentenciado, HECTOR DANIEL VILCHES CONTRERAS, en la especie reúnen los requisitos del artículo 4° de la Ley N° 18.216 en relación a la Ley Nº 20.603, por

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de Diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Que la fiscal adjunto, ha sustituido procedimiento y ha requerido en procedimiento simplificado a HECTOR DANIEL VILCHES CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 6.532.971-9, empresario, con domicilio en Los Álamos N° 7, sector Granalla, Putaendo, ya individualizado, acompañado por su defensor de confianza, como autor del delitos d

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