MP C/ JUAN RAMÓN DELGADILLO CORREA
Rol
O-2469-2019
Fecha
18 de diciembre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de julio 2019 aproximadamente a las 23:25 horas en la calle Mario Ortega a la altura del número 2 del sector los Lirios de la comuna de Requinoa Juan Delgadillo Correa conducía en estado de ebriedad el minibús marca Hyundai modelo Grace placa patente única NB3660, no obstante que Juan Delgadillo rechazó practicarse el examen de Intoxilyzer y de alcoholemia, su estado de ebriedad fue constatado por los funcionarios policiales que lo controlaron, quienes pudieron apreciar su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, apreciaciones además compartidas por el médico de atención de urgencia del Hospital de Rengo, quien registró en el dato atención de urgencia que Juan Delgadillo Correa rechazó el examen de alcoholemia. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 49, 50, 62, 67, 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 196, 195 bis de la ley 18.290; Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JUAN RAMÓN DELGADILLO CORREA, Chileno, cédula de identidad N° 12.516.722-5, domiciliado en AVENIDA EL ABRA N° 317, REQUINOA, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, y a la negativa a realizarse el examen de alcoholemia, ilícitos previsto y sancionado en el artículo 196 y 195 bis de la ley 18.290, por hechos perpetrado el día 12 de julio de 2019, en la comuna de Requinoa, respecto del delito de conducción en estado de ebriedad a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS, y al pago de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la que podrá ser pagada en dos cuotas i
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JUAN RAMÓN DELGADILLO CORREA, Chileno, cédula de identidad N° 12.516.722-5, domiciliado en AVENIDA EL ABRA N° 317, REQUINOA, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, y a la negativa a realizarse el examen de alcoholemia, ilícitos previsto y sancionado en el artículo 196 y 195 bis de la ley 18.290, por hechos perpetrado el día 12 de julio de 2019, en la comuna de Requinoa, respecto del delito de conducción en estado de ebriedad a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS, y al pago de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la que podrá ser pagada en dos cuotas iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual, dentro de los primeros cinco días de cada mes, a contar del mes siguiente de que la presente sentencia quede ejecutoriada. Respecto de la negativa a realizarse examen de alcoholemia se le condena al pago de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE UN MES. Respecto de la multa podrá ser pagada en dos cuotas iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual, dentro de los primeros cinco días de cada mes, a contar del mes siguiente de que la presente sentencia quede ejecutoriada. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 8º de la ley 18.216, se sust
Texto Completo (Preview)
“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / correo electrónico: jgrengo@pjud.cl Procedimiento simplificado. Rengo, diec
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica