Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ CARLOS ENRIQUE CERDA CARRASCO

Rol

O-6637-2019

Fecha

19 de diciembre de 2019

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 30 de junio de 2019 a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE 2 AÑOS y se le exime del pago de las costas de la causas II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, por un lapso equivalente al de la condena, para lo cual deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco respectivo, dentro del plazo de 15 días, desde ejecutoriado el fallo, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de revocarse no habrá abonos que considerar. III.- Que la multa impuesta, se le da UN DIA por cumplida, con el tiempo que pasó privado de libertad, quedando pendiente el pago de UNA Unidad Tributaria Mensual más DOS TERCIOS de Unidad Tributaria Mensual, lo que deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la U.T.M al momento de su pago, EXTSNTXQXZ Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 24/12/2019 17:24:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl que deberá efectuar mediante un depósito en la Tesorería General de la República cuyo comprobante de pago deberá acompañar al Tribunal, a fin de acreditar el cumplimiento de la misma, otorgándosele 4 cuotas para su

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 5, 11 Nr. 9, 49, 68, 69 del Código Penal, articulo 406 y siguientes del Código Procesal Penal , artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290, 4 de la ley 18.,216 se resuelve: I.- Que se CONDENA a CARLOS ENRIQUE CERDA CARRASCO ya individualizado, como autor del delito consumado de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON DAÑOS SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 30 de junio de 2019 a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE 2 AÑOS y se le exime del pago de las costas de la causas II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, por un lapso equivalente al de la condena, para lo cual deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco respectivo, dentro del plazo de 15 días, desde ejecutoriado el fallo, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de revocarse no habrá abonos que considerar. III.- Que la multa impuesta, se le da UN DIA por cumplida, con el tiempo que pasó privado de libertad, quedando pendiente el pago de UNA Unidad Tributaria Me

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RESUMEN RIT : 6637 - 2019 RUC : 1900695247-2 MATERIA : CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON DAÑOS SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR. IMPUTADO : CARLOS ENRIQUE CERDA CARRASCO CÉDULA DE IDENTIDAD : 9.428.901-7 DOMICILIO : Calle ARIQUILDA (Villa El Salitre) Nº 1816, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : - RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS. El d

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