CRISTIAN ANTONIO AHUMADA CONTRERAS C/ MANUEL JESÚS GERARDO MORENO CANDIA
Rol
O-10751-2019
Fecha
18 de diciembre de 2019
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70, 443 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: i.- Que se condena a Manuel Jesús Gerardo Moreno Candia, a la pena de 70 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 08 de septiembre de 2019. ii.- Que en base al tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa desde la fecha del control de la detención de fecha 09 de septiembre BXNYNSMYNK PAMELA BEATRIZ MUNOZ CANALES Juez de garantía Fecha: 19/12/2019 12:16:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 del año 2019, se le tendrá la pena corporal impuesta por cumplida, cumpliendo en exceso el tiempo de privación de libertad. iii.-Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado y al hecho de encontrarse patrocinado el imputado por la Defensoría Penal Pública, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; d
Fallo
se declara: i.- Que se condena a Manuel Jesús Gerardo Moreno Candia, a la pena de 70 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 08 de septiembre de 2019. ii.- Que en base al tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa desde la fecha del control de la detención de fecha 09 de septiembre BXNYNSMYNK PAMELA BEATRIZ MUNOZ CANALES Juez de garantía Fecha: 19/12/2019 12:16:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 del año 2019, se le tendrá la pena corporal impuesta por cumplida, cumpliendo en exceso el tiempo de privación de libertad. iii.-Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarr
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Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve. Imputado : MANUEL JESÚS GERARDO MORENO CANDIA, cédula de identidad N° 12.158.869-2, con domicilio en Call Lo Martinez Nº 488, Villa Condores De
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