ANDRES ALEJANDRO BRAVO SANDOVAL C/ CLAUDIA LORENA LIRA RIVERA
Rol
O-4723-2019
Fecha
17 de diciembre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11, 50 y siguientes del Código Penal; 196 de la Ley 18.290; artículos 45, 340, 395 y 398 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que, se absuelve a CLAUDIA LORENA LIRA RIVERA, ya individualizada, del requerimiento que los tuvo como autora de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, supuestamente ocurrido el día 14 de febrero de 2018. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Publico por haber tenido fundamento plausible para litigar. Regístrese y archívese, si no se recurriere dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por doña ASTRID VENINGA FERGADIOTT, Juez (S) de Garantía de Viña del Mar.//vvr LPXWNRNXXL Astrid Veninga Fergadiott Juez de garantía Fecha: 17/12/2019 14:09:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-17T14:09:15-0300 Corte Suprema Astrid Veninga Fergadiott Verificación Legal
Fallo
se resuelve: I.- Que, se absuelve a CLAUDIA LORENA LIRA RIVERA, ya individualizada, del requerimiento que los tuvo como autora de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, supuestamente ocurrido el día 14 de febrero de 2018. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Publico por haber tenido fundamento plausible para litigar. Regístrese y archívese, si no se recurriere dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por doña ASTRID VENINGA FERGADIOTT, Juez (S) de Garantía de Viña del Mar.//vvr LPXWNRNXXL Astrid Veninga Fergadiott Juez de garantía Fecha: 17/12/2019 14:09:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-17T14:09:15-0300 Corte Suprema Astrid Veninga Fergadiott Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
Sentencia Fecha Viña del Mar., diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve Magistrado ASTRID VENINGA FERGADIOTT RUC 1800162886-7 RIT 4723 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CLAUDIA LORENA LIRA RIVERA presente 0009945935-2 Calle RAUL GONZALEZ Nº 637 Villa Alemana. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pert
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