3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JUAN FELIPE PEÑA CASTRO

Rol

O-6409-2019

Fecha

16 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 12 de Octubre de 2019, siendo aproximadamente las 04:40 horas la víctima loan Zambrano Herrera quien se encontraba en el paradero de locomoción colectiva ubicado en Avenida Recoleta con Calle Dardignac, comuna de Recoleta, fue abordado por un grupo de tres hombres entre las cuales se encontraba los imputados luan Felipe Peña Castro y Leandro Saúl Chávez Vera quienes lo rodearon para concertada y conjuntamente agredieron a la víctima tironeándola, empujándola, hasta que uno de estos individuos logra sacarle puf la fuerza y malos tratos la guitarra marca Medina, electroacústica, que el afectado llevaba en su espalda. La víctima alcanzó a huir por un breve trecho para ponerse a salvo pero fue alcanzada por Pino Castro y Chávez vera, quienes lo empujaron botándolo al suelo y teniéndolo en el piso conjuntamente lo atacan con diversos golpes de pies y puños y de esa forma por medio de la fuerza lograron sustraerle con ánimo de lucro su teléfono celular Huawei Y9, color negro que el joven víctima mantenía en uno de los bolsillos de su pantalón, tras lo cual los imputados huyen del lugar. A consecuencia de esta agresión la víctima Zambrano Herrera resultó con múltiples hematomas en zona torácica posterior, lesiones de carácter leve según da cuenta el respectivo Dato de Atención de urgencia. I. Que se condena a JUAN FELIPE PEÑA CASTRO, ya individualizado, a la pena de PENA CORPORAL CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el Artículo N° 436 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día 12/10/2019, en la comuna Recoleta, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación temporal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y se le exime del pago de las costas de la causa. II. Que se condena a LEANDRO SAUL CHAVEZ VERA, ya individualizado, a la pena de PENA CORPORAL CUATRO AÑOS DE P

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Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve TRIBUNAL: 3° Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: GUILLERMO RODRIGUEZ GONZALEZ (SR) RUC: 1901102120-7 RIT: 6409-2019 IMPUTADOS: JUAN FELIPE PEÑA CASTRO Y LEANDRO SAUL CHAVEZ VERA Hechos: El día 12 de Octubre de 2019, siendo aproximadamente las 04:40 horas la vícti

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