Juzgado de Garantía de Limache.

CARAB LIMACHE C/ RAFAEL GALO PONCE SÁNCHEZ

Rol

O-2498-2019

Fecha

17 de diciembre de 2019

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 20 de noviembre del 2019 alrededor de las 12:50 horas, en la ruta F100G a la altura de Lo Castro, frente a la botillería El Espino, en la comuna de Olmué, carabineros sorprendió a RAFAEL GALO PONCE SÁNCHEZ, teniendo en su poder, en sus manos, un machete de 43 centímetros de largo, y a MARCO ANTONIO PONCE VARGAS, teniendo en su poder un machete de 46 centímetros de largo, sin justificar ninguno de los imputados razonablemente su porte”. SENTENCIA En Limache, a diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°9, 14 Nº1, 15 Nº1, 31, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; se declara: I. Que, se CONDENA a los requeridos RAFAEL GALO PONCE SÁNCHEZ, cédula de identidad n°18.991.071-1 y a MARCO ANTONIO PONCE VARGAS, cédula de identidad n°14.241.425-2, a sufrir cada uno de ellos la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autores del delito consumado de porte de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado el día 20 de noviembre de 2019, en la comuna de Olmué. II.- Que, con el mayor tiempo que han permanecido los sentenciados privados de libertad con motivo de esta causa, la pena pecuniaria impuesta se les tiene por cumplida. III.- Que, se decreta el comiso de un machete de 43 centímetros de largo y un machete de 46 centímetros de largo, autorizándose desde ya al Ministerio Público para su destrucción. IV.- Que, se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa. Regístrese. Se deja constancia que los intervinientes renuncian a los plazos legales para recurrir de este fallo. Déjese sin efecto las medidas cautelares que hubiesen sido decretadas en su oportunidad y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT: 2498-2019 RUC: 1901257339-4 DICTADA POR PAULINA MARTINEZ MELLER, JUEZ TITULAR DEL

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°9, 14 Nº1, 15 Nº1, 31, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; se declara: I. Que, se CONDENA a los requeridos RAFAEL GALO PONCE SÁNCHEZ, cédula de identidad n°18.991.071-1 y a MARCO ANTONIO PONCE VARGAS, cédula de identidad n°14.241.425-2, a sufrir cada uno de ellos la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autores del delito consumado de porte de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado el día 20 de noviembre de 2019, en la comuna de Olmué. II.- Que, con el mayor tiempo que han permanecido los sentenciados privados de libertad con motivo de esta causa, la pena pecuniaria impuesta se les tiene por cumplida. III.- Que, se decreta el comiso de un machete de 43 centímetros de largo y un machete de 46 centímetros de largo, autorizándose desde ya al Ministerio Público para su destrucción. IV.- Que, se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa. Regístrese. Se deja constancia que los intervinientes renuncian a los plazos legales para recurrir de este fallo. Déjese sin efecto las medidas cautelares que hubiesen sido decretadas en su oportunidad y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT: 2498-2019 RUC: 1901257339-4 DICTADA POR PAULINA MARTINEZ MELLER, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LIMAC

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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: “El día 20 de noviembre del 2019 alrededor de las 12:50 horas, en la ruta F100G a la altura de Lo Castro, frente a la botillería El Espino, en la comuna de Olmué, carabineros sorprendió a RAFAEL GALO PONCE SÁNCHEZ, teniendo en su poder, en sus manos, un machete de 43 centímetros de largo, y a MARCO ANTONIO PONCE VARGAS, teniendo en su poder un machete de 46 centí

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