QUIBORAX S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO ARICA Y PARINACOTA
Rol
I-3-2020
Fecha
30 de junio de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: I.- De las Partes y sus Apoderados. Que, empresa QUIBORAX S.A., Rut N° 79.639.5702, del giro de su denominación, representada por don Pedro Vizcarra Marza, ambos domiciliados en esta ciudad, Avenida Santa María N° 2612, patrocinada en este juicio por el Abogado don Daniel Ocqueteau Moreno, también su apoderado en juicio, con domicilio y forma de notificación registrados en autos, deduce reclamo judicial en contra de la INSPECTORA PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ARICA, doña Carmen Eugenia Montecinos Núñez, de la Inspección Provincial del Trabajo, con domicilio en Arica, Avenida 18 de Septiembre Nº 1352, respecto de la Resolución de Multa N° 4564/20/7, de fecha 05 de febrero de 2020. La Inspectora Provincial del Trabajo, representada en este juicio por la Abogada doña Edith Calisaya Cusicanqui, con domicilio y forma de notificación registrada en autos, contesta el reclamo solicitando su rechazo y que se mantenga las multas cursadas, con costas. La presente causa, Rit N° I-3-2020, se tramitó conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general dispuesto en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo. La audiencia preparatoria se llevó a efecto el día 15 de mayo último, donde se realizó la relación de la demanda y contestación, y se llamó a las partes a conciliación proponiéndoles bases de un arreglo, sin resultado. Se estableció en esa audiencia los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos a ser probados, relativos a las circunstancias que originaron la multa y la resolución impugnada, y al respecto las partes ofrecieron la prueba que estimaron oportuna para acreditar sus alegaciones. En la audiencia de juicio, celebrada el día 17 de junio en curso, las partes incorporaron la prueba ofrecida, que se analizara en la parte considerativa de este fallo. Terminada la etapa de prueba, los litigantes hicieron las observaciones que les merecieron los antecedentes probatorios; y, se fijó la oportunidad para la notificación de la sentencia. C
Fundamentos
CONSIDERANDO: II.- De las Pretensiones y Defensas o Alegaciones de las Partes. A.- Del Reclamo de la Demandante. PRIMERO: Que, la empresa Quiborax S.A., ya individualizada, deduce acción de reclamación judicial en contra de la Inspectora Provincial del Trabajo de Arica, también individualizada, respecto de la Resolución de Multa N° 4564/20/7, N° 1 y 2, de fecha 05 de febrero de 2020, solicitando se la deje sin efecto, con costas. Fundamenta su petición en que el 24 de enero, don Alfredo Torrejón Rivera, funcionario de la Inspección Provincial del Trabajo, concurrió a fiscalizar las dependencias de la Planta El Águila, de propiedad de la empresa, aplicándole dos multas, una, por no informar a la Inspección del Trabajo el accidente grave que afectó al trabajador don Sergio Eduardo Saavedra Núñez, ocurrido con fecha 18 de enero de 2020, planteando que tal hecho es un incumplimiento a las obligaciones legales sobre prevención de eventuales accidentes del trabajo, dificultando a la autoridad disponer ante el empleador las medidas necesarias e indispensables para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. La segunda multa está referida a no suspender las faenas en forma inmediata por el mismo accidente, imputando un incumplimiento grave a las obligaciones legales sobre prevención de eventuales accidentes del trabajo e implica no disponer las medidas necesarias e indispensables para evitar otras incapacidades en el trabajo y que protejan eficazmente la vida, salud e integridad física de los trabajadores al interior de la empresa. El monto de las multas asciende a 150 UTM, cada una de ellas. Sostiene que esa fiscalización se enmarcó en el contexto de un accidente sufrido por el trabajador Sergio Saavedra Núñez, ocurrido el 18 de enero cerca de las 00:15 hrs, cuando se encontraba ejecutando una revisión en la plataforma del buzón de entrada al cilindro disgregador, y conforme a la investigación respectiva, repentinamente se produjo una proyección de agua madre acidulada que roció directamente al cuerpo del trabajador; quien luego fue trasladado a la Clínica San José, donde luego de tratar sus lesiones fue dado de alta -con reposo domiciliario- el mismo día. Refiere que el artículo 76 incisos cuarto y final de la Ley N°16.744, en relación al artículo 184 del Código del Trabajo, en caso de accidente del trabajo grave, el empleador deberá denunciarlo al organismo administrador respectivo, cuando pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima; y, asimismo, en casos de accidentes del trabajo fatales y graves, el empleador deberá informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda, acerca de la ocurrencia de cualquiera de estos hechos. Agrega que el accidente materia de la fiscalización no ameritaba, en caso alguno, el cumplimiento del deber de denuncia e información inmediata, por cuanto no fue de carácter grave, que conforme a la autoridad de salud res
Fallo
SE DECLARA : I.- Que, SE ACOGE la reclamación judicial deducida por empresa QUIBORAX S.A., representada por don Pedro Vizcarra Marza, ya individualizado, en contra de la INSPECTORA PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ARICA, doña Carmen Eugenia Montecinos Núñez, de la Inspección Provincial del Trabajo de Arica, también individualizado, respecto de la Resolución de Multa N°4564/20/7, de fecha 05 de febrero de 2020, dictada por el fiscalizador de ese Servicio, don Alfredo Torrejón Rivera, la que se deja sin efecto, sólo en cuanto a la multa del acápite N° 2. II.- Que, respecto de la referida Resolución de Multa N°4564/20/7, en su apartado N° 1, SE READECUA la multa allí impuesta, al rango legal, la que se regula en CINCUENTA Unidades Tributarias Mensuales (50 UTM). III.- Que, NO se condena en costas a la parte reclamada, la Inspección del Trabajo, por tratarse del Ente Administrativo que debe fiscalizar el cumplimiento de la ley laboral, y por no haber sido totalmente vencida y estimar que ha tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y Notifíquese. RIT I-3-2020 RUC 20- 4-0254370-2 Dictada por don FERNANDO GONZALEZ MORALES, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica. En Arica a treinta de junio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 16
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Procedimiento: de Aplicación General Materia: Reclamo de Multa Demandante: Quiborax S.A. Demandado: Inspección del Trabajo de Arica RIT I-3-2020 RUC 20- 4-0254370-2 ____________________________/ Arica, a treinta de junio del año dos mil veinte. VISTOS: I.- De las Partes y sus Apoderados. Que, empresa QUIBORAX S.A., Rut N° 79.639.5702, del giro de su denominación, representada por don Pedro Vizc
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