4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ MIKE RODRIGO YEUTO PARRA

Rol

O-404-2019

Fecha

16 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en el 11 de diciembre del presente año, en este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, se llevó a cabo juicio en el que figuró como acusado Mike Rodrigo Yeuto Parra, nacido en Santiago el 20 de agosto de 1997, 21 años, comerciante, cédula de identidad N°19.882.363-5, domiciliado en calle Atenas Nº9212, Pudahuel, representado por el abogado don Jacob Palacios Riquelme, de la Defensoría Penal Pública. La acción penal fue sostenida por el Fiscal del Ministerio Público doña Claudia Saldías Salvo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra de según el correspondiente auto de apertura, es del siguiente tenor: “El día 22 de marzo de 2018, a las 10:50 horas aproximadamente, el acusado MIKE RODRIGO YEUTO PARRA, ingresó al local comercial “Ayelen”, ubicado en Samuel Izquierdo N° 2215, comuna de Quinta Normal, lugar donde intimidó con una pistola a la víctima, doña Denisse Muñoz Jorquera, trabajadora de dicho local, diciéndole “quédate callá conchetumadre o te disparo, si lloras te disparo, pásame la plata y dame una empaná”, frente a lo cual la víctima hizo entrega de la suma de $40.000 en dinero efectivo y una empanada, huyendo el acusado del lugar con las especies en su poder.” Calificación jurídica, grado de desarrollo del delito, participación, circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal y pena requerida: El Ministerio Público estima que los hechos reseñados satisfacen el tipo penal de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso 1º, en relación con los artículos 432 y 439, todos del Código Penal; consumado; en el que a Mike Rodrigo Yeuto Parra le cupo participación a título de autor directo en los términos dispuestos por el artículo 15 Nº1 del Código Penal, toda vez que, tomó parte en la ejecución de los hechos de una manera inmediata y directa; respecto de quien concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal; por lo que requiere se le imponga la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales y costas de la causa, según lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Alegaciones de los intervinientes. a) Alegatos de apertura de la Fiscalía: El ente persecutor expuso que, los hechos de la acusación serán acreditados con las declaraciones de los funcionarios policiales. Acreditará el delito de robo con intimidación, toda vez que, el acusado ingresó al local comercial de nombre Ayelen e intimidó con una pistola a la víctima, indicándole que se quedara callada o le disparaba, para luego sustraerle $40.000 y una empanada. Al finalizar el juicio pide que se condene al acusado a las penas pedidas en la acusación o, la que el Tribunal determine que sea ajustada a derecho. b) Alegaciones de apertura de la defensa: Indica que, pide absolución porque se acreditará que la prueba con la que cuenta el Ministerio Público no es suficiente para vulnerar la presunción de inocencia MARIA INES COLLIN CORREA Juez Redactor Fecha: 16/12/2019 11:24:14 PEDRO HUMBERTO SUAREZ NIETO Juez Integrante Fecha: 16/12/2019 11:38:09 CFKVNQPXXW CLAUDIA XIMENA GODOY ASPEE Juez Presidente Fecha: 16/12/2019 12:37:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinent

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Mike Rodrigo Yeuto Parra, ya individualizado, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de robo con intimidación, consumado, perpetrado el 22 de marzo de 2018, en esta ciudad. II.- Que se abona al tiempo de cumplimiento de la condena que se aplica en esta causa a Mike Rodrigo Yeuto Parra los quinientos cincuenta y tres (553) días que ha permanecido en privado de libertad por esta causa según se desprende del certificado otorgado por la jefa de Unidad de Causas, doña Nancy Bocaz Mora. III.- Que atendido lo indicado en la consideración Décima, que precede, no se conceden a medidas alternativas a la pena privativa de libertad que se le impuso a Mike Rodrigo Yeuto Parra. IV.- Que no se condena a Mike Rodrigo Yeuto Parra al pago de las costas de la causa. V.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN, requiriendo al Servicio Médico Legal a fin de que tomen las muestras biológicas correspondientes, determinen las huellas genéticas de Mike Rodrigo Yeuto Parra y se las incluya en el Registro de Condenados. Ofíciese. Sentencia dictada con el voto en contra del magistrado Suárez, quien estuvo por absolver al acusado Mike Yeuto Parra en

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1 4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO C/ Mike Rodrigo Yeuto Parra DELITO: Robo con intimidación. RUC : 1800287329-6 RIT : 404-2019 / Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Que, en el 11 de diciembre del presente año, en este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, se llevó a cabo juicio en el que figuró como acusado Mike Rodrigo Yeuto Parra, nacido en Santiag

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