TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA

MINISTERIO PÚBLICO C/ BRYAN MITCHELL ACEVEDO RIQUELME

Rol

O-96-2019

Fecha

16 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos va a su casa, se junta con unos amigos y comienza a hacer un recorrido por el sector donde habría ocurrido el robo y logra detener al acusado; luego llaman a carabineros y lo entregan. Por último, detalla la prueba a rendir con la cual va a lograr acreditar la ocurrencia de este robo con intimidación, solicitando que el acusado sea condenado. En su alegato de clausura señala que tenemos dos versiones de lo que pudo haber ocurrido, una del acusado que niega cualquier participación o interacción con la víctima, y la declaración de la víctima, quien junto a otro ciudadano haitiano detienen al acusado y se lo entregan a carabineros. La víctima en estrados fue bastante clara en reconocer al acusado como uno de los autores del robo que sufrió ese día de sus especies, señala cómo fue la interacción con el acusado al momento que es detenido, lo que le dice el mismo acusado, no hay ninguna duda por parte de don Vox en cuanto a la persona que lo habría asaltado junto a otros dos sujetos. Entiende que el relato de la víctima fue bastante claro en el sentido de la dinámica en que se produjo el asalto, cómo detiene al acusado, qué es lo que éste le dice al momento de ser detenido, lo amenaza, después le dice "sabes que, déjame llamar a mi amigo para efectos de si te pueden devolver las cosas". Así las cosas estima que con la prueba incorporada se logró acreditar el robo con intimidación que sufrió la víctima. Tercero: Que en su alegato de apertura la defensa del acusado Acevedo Riquelme señala que en este caso cuestionará la participación de su representado, lo cierto es que tal como se apreciará de la prueba del Ministerio Público la víctima señala que tres sujetos lo asaltaron, que se dieron a la fuga hacia la población Sin Deuda, él va a buscar a un amigo, en ningún momento lo sigue, y van a buscar a estos sujetos a la población y detienen a su representado solamente por su contextura, sin embargo, aquí no hay un reconocimiento expreso, ni características o algún tip

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrada por el juez presidente de sala don Mauricio Cuevas Gatica y las juezas doña Jessica Cofré Hidalgo y doña Camila Riquelme Cisterna, se llevó a efecto el día 11 de diciembre pasado la audiencia de juicio oral de la causa rol interno del Tribunal Nº 96-2019, seguida en contra de BRYAN MITCHELL ACEVEDO RIQUELME, cédula de identidad N° 19.404.262-0, nacido en San Antonio el 16 de septiembre de 1996, 23 años de edad, soltero, pescador artesanal, domiciliado en Avenida Brúcelas block N° 720, departamento 26, Bellavista Holanda, comuna de San Antonio. Es parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público representado por el fiscal don Christian Allende Pérez, estando la defensa del acusado Acevedo a cargo del defensor penal público don Víctor Rivas Guzmán, todos con correo electrónico y forma de notificación registrado en el tribunal. Asimismo, comparece don Jean Claude Pierre-Paul, cédula de identidad N° 22.889.479-6, quien en su calidad de intérprete aceptó desempeñar el cargo fielmente, para el sólo efecto de la toma de declaración de la víctima de nacionalidad haitiana, don Vox Guerrier. ACUSACIÓN Y DEFENSA. Segundo: Que el hecho en que se funda la acusación es el siguiente: “El día 18 de junio de 2019, siendo aproximadamente las 06.20 horas, en circunstancias que la víctima, el ciudadano de nacionalidad Haitiana don Vox Guerrier, transitaba rumbo a su trabajo, fue interceptado en calle Tres poniente, con Vicuña Mackenna, comuna de Melipilla, por tres individuos, donde uno de estos lo intimida, apuntándolo con un arma al parecer de fuego y el acusado Bryan Mitchell Acevedo Riquelme lo intimida con un arma blanca, logrando de esta forma sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de la víctima, su teléfono celular, la mochila que este portaba, la suma de $2.400., en dinero en efectivo, una ropa que este mantenía en su poder y su documentación personal, especie que la víctima avalúa en la suma de $100.000, dándose estos sujetos a la fuga, entre ellos el acusado Acevedo Riquelme, con las especies así sustraídas.” XPHDNQPQHT JESSICA DEL CARMEN COFRE HIDALGO Juez oral en lo penal Fecha: 16/12/2019 10:05:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 A juicio del Ministerio Público el hecho descrito es constitutivo del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación con los artículos 432 y 439, todos del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, atrib

Fallo

se acuerda si le dijo a la policía que el sujeto usaba polera roja, y que no miente, recuerda que él tenía una polera roja. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 332 del Código Procesal Penal a fin de evidenciar contradicción, nuevamente se exhibe su declaración indicando que “hago presente que el sujeto que logré detener por su contextura era el que me amenazó con el cuchillo”. Relata que luego que lo asaltan volvió a su casa, a llamar a su señora que había tres personas que lo asaltaron, “volví tomé el camino para seguirlos”, mi mochila la estaban llevando lo vio, andaba acompañado de dos amigos haitianos, y los tres salieron arrancando, mientras que ellos salieron detrás de los sujetos, el que tenía el arma les dijo que iba a disparar, le contestó que era mentira; llegando a una calle se pararon, y les dijo a sus amigos que iba a dejar pasar esa situación, al regreso se encontraron frente a frente con él y sale arrancando, ahí los tres salieron detrás de él, cuando llegó a un lugar sacó su cuchillo, como estábamos los tres y con un palo, levantó su mano, porque llegó a un lugar donde no podía seguir corriendo porque no tenía salida, ahí un amigo le quitó el cuchillo, tiró el cuchillo en el suelo, por su parte lo agarró con la mano detrás, empezó hacer fuerza, le dijo que no tenía problemas con él que solo necesitaba sus documentos, su teléfono, ahí el sujeto llamó a sus compañeros, éstos le dijeron "porque dejaste que te alcanzaran", y le dijo que como sus compa

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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA Contra BRYAN MITCHELL ACEVEDO RIQUELME RUC 1.900.650.919-6 RIT 96-2019 DELITO ROBO CON INTIMIDACION Melipilla, dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrada por el juez presidente de sala don Mauricio Cuevas

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