Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ PEDRO ANTONIO MARÍN GALLO

Rol

O-363-2019

Fecha

13 de diciembre de 2019

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos configuran el delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letras b y c de la Ley Nº 17.798, y la falta de porte de drogas, prevista y sancionada en el artículo 50 de la ley 20.000, atribuyéndole al acusado participación como autor en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal. TERCERO: Que la defensora, en su alegato de apertura, manifestó que iba a pedir la absolución del acusado afirmando que el 24 de enero del año pasado su representado efectivamente transitaba, alrededor de las 18:45 horas, por la calle Río Petorca; pero que no llevaba arma alguna ni tampoco el papelillo que se señala que llevaba, agregando que ese día él se encontraba caminando hacia su domicilio, fue interceptado por Carabineros que “al parecer” estaba realizando un procedimiento con antelación “respecto de algunas personas”, no le solicitaron identificación, de inmediato lo registraron, lo detuvieron pese a portar su cédula de identidad que les exhibió, hicieron un registro del “radio” donde él se encontraba y “más o menos a una cuadra” de distancia un carabinero sacó un “objeto” de debajo de un vehículo (una pistola) y señaló que era del acusado. Según la defensora los carabineros registraron a su representado “fuera de Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Integrante Fecha: 16/12/2019 13:06:51 Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Presidente Fecha: 16/12/2019 13:41:32 TXJXNQXSXZ Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Redactor Fecha: 16/12/2019 14:30:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás in

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces María Isabel Rojas Medar, quien presidió, Patricia Alvarado Padilla y Alfredo Lindenberg Bustos, el día nueve de diciembre del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio en la causa rol interno 363-2019, seguida en contra del acusado Pedro Antonio Marín Gallo, chileno, soltero, sin oficio, veintidós años de edad, nacido el 26 de mayo de 1997, con domicilio en calle Río Petorca 8951 de esta ciudad, cédula nacional de identidad n° 19.691.054- 9. El ministerio público actuó representado por la fiscal adjunta Paola Acevedo Vera, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal licitada, Karin Rivas Navarro. SEGUNDO: Que la acusación se funda en los siguientes hechos, según se lee en el auto de apertura: “El día 24 de Enero del 2018, alrededor de las 18:45 horas, en la intersección de calle Río Petorca con Río Palena de Antofagasta, personal de Carabineros de la Sección OS7 sorprendió al imputado, luego identificado como Pedro Antonio Marín Gallo, en los momentos que manipulaba un envoltorio de papel similar a los contenedores de droga, procediendo a su control y a la revisión mantenía en la pretina del pantalón un arma de fuego Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Integrante Fecha: 16/12/2019 13:06:51 Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Presidente Fecha: 16/12/2019 13:41:32 TXJXNQXSXZ Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Redactor Fecha: 16/12/2019 14:30:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 tipo revolver, sin marca, ni número de serie, calibre .32 con 3 cartuchos en su cilindro calibre .38 SPL, marca CBC, sin contar con autorización para su porte o tenencia”. A juicio del ministerio público los hechos descritos configuran el delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letras b y c de la Ley Nº 17.798, y la falta de porte de drogas, prevista y sancionada en el artículo 50 de la ley 20.000, atribuyéndole al acusado participación como autor en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal. TERCERO: Que la defensora, en su alegato de apertura, manifestó que iba a pedir la absolución del acusado afirmando que el 24 de enero del año pasado su representado efectivamente transitaba, alrededor de las 18:45 horas, por la calle Río Petorca; pero que no llevaba arma alguna ni tampoco el papelillo que se señala que llevaba, agregando que ese día él se encontraba caminand

Fallo

se declarara ilegal la detención y luego de que se excluyera toda la prueba fueron sucesivamente rechazadas, igualmente solicitó la “no valoración” de la que se rindiera en el juicio en atención a que, más allá de las alegaciones de inocencia del acusado, esa prueba derivaba de una actuación ilegítima por parte de la policía. CUARTO: Que el acusado, al prestar declaración ante el tribunal, dijo que ese día iba camino a la casa de su “pareja” por Río Palena casi al llegar a Río Maule; que en la esquina de Petorca con Palena se encontraban unos “muchachos”; que iba avanzando y apareció una camioneta “particular” de color “ploma” que se estacionó al lado suyo “así rápido”; que se bajaron, lo revisaron (él no tenía nada), un carabinero “subió” a donde estaban los muchachos en la esquina, se puso a revisar, encontró el armamento debajo de un vehículo, se acercó y le dijo (a otro carabinero suponemos), “detiénelo”. Él le preguntó por qué lo estaba deteniendo y el funcionario le dijo “no, esto es tuyo”. Lo subieron a la camioneta y le dijeron que tenía que “firmar los papeles o si no lo dejaban ahí en la comisaría”. No prestó ninguna declaración. Eran dos hombres y una señorita. Él le dijo “oiga, eso no es mío, usted me acaba de controlar acá en la Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Integrante Fecha: 16/12/2019 13:06:51 Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Presidente Fecha: 16/12/2019 13:41:32 TXJXNQXSXZ Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Redactor Fecha: 16/12/2019 14:30:41 ES

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1 Antofagasta, a trece de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces María Isabel Rojas Medar, quien presidió, Patricia Alvarado Padilla y Alfredo Lindenberg Bustos, el día nueve de diciembre del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio en la causa rol int

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