TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN BERNARDO

MP C/ SCARLETTE ALEJANDRA CALVIO NAVARRETE

Rol

O-360-2019

Fecha

14 de diciembre de 2019

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrada por los Magistrados, Daniel Ricardi Mac-Evoy en calidad de presidente de sala, María Verónica Arancibia Pacheco en calidad de redactor y Alejandra Chacón Plaza como tercer integrante, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral del casa rol único 1.800.747.881- 6, rol interno del tribunal 360-2019, seguida en contra de SCARLETTE ALEJANDRA CALVIO NAVARRETE, cédula 19.500.470-6, fecha de nacimiento 18 de mayo de 1996, 23 años, soltera, comerciante, domiciliado en Calle Puerto Varas N°02660, Población Santa Rosa de Lima, comuna San Bernardo; y VANESSA ANDREA PERALTA MEDINA, cédula 19.025.645-6, fecha de nacimiento 12 de marzo de 1995, 24 años, soltera, independiente, domiciliado en Calle Simón Bolivar N°12616, Población San Rafael, comuna La Pintana. Ambas acusadas en libertad. El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Guillermo Tapia Morales, mientras que la defensa de la acusada Calvio Navarrete estuvo a cargo del abogado Gonzalo Flores, y la defensora Francesca Sebastiani Rodríguez en representación de la encartada Peralta Medina; todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal.

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, según consta en el auto de apertura del juicio oral el ente persecutor dedujo acusación, debido a los siguientes hechos: Con fecha 03 de septiembre de 2018, a eso de las 16:45 horas, un funcionario policial previamente designado como agente revelador se acerca hasta la intersección de la calle Puerto Montt con Avenida Lo Blanco de la Población Santa Rosa de Lima de la comuna de San Bernardo, en donde la imputada Vanessa Peralta Medina le transfiere 3 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de Cocaína base con un peso total de 0,11gramos.quien, previo pago de la suma de $3.000 pesos. Momentos después aproximadamente a las 18:50 horas, un funcionario policial previamente designado como agente revelador se acerca hasta el domicilio ubicado en pasaje Puerto Varas N°02660, población Santa Rosa de Lima, comuna de San Bernardo, en donde toma la imputada Scarlette Calvio Navarrete procede a transferirle 03 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de Cocaína base con un peso total de 0,54 gramos, previo pago de la suma de $3.000 pesos. Posteriormente, con fecha 13 de septiembre de 2018, a eso de las 20:10 horas, mediante la ejecución de una autorización judicial de entrada CDYXNQXVZY JUAN PATRICIO MADRID POZAS Juez Integrante Fecha: 16/12/2019 14:27:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 y registro, funcionarios policiales al ingreso a los domicilios ubicados en pasaje Puerto Varas N°02660, Población Santa Rosa de Lima comuna de San Bernardo donde sorprenden a Scarlette Calvio Navarrete quien poseía, acopiaba y guardaba en diversos lugares del inmueble, un bolso color negro, el que mantenía en su interior la cédula de identidad de la blanco de investigación, además una bolsa de plástico transparente con la cantidad de 178 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de Cocaína Base y peso bruto de 40,81 gramos; al costado de la citada bolsa, mantenía un monedero de color café, el cual mantenía en su interior la cantidad de 84 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de cocaína base y un peso bruto de 15,15 gramos; al interior del bolso también se encontró la suma total de $176.150 pesos en dinero en efectivo, y a un costado del citado bolso, fue posible encontrar 01 balanza digital color gris. Además mantenía 62 pequeñas bolsas de plástico transparente, cada una de ellas contenedoras de trozos de Cannabis Sativa y un peso bruto de 35,93 gramos; una bolsa de plástico color naranjo, la cual mantenía en su interior, 90 envoltorios de pa

Fallo

fallo se encuentre ejecutoriado. Póngase lo previamente resuelto en conocimiento del Servicio Médico Legal, en la oportunidad procesal correspondiente y para efectos de su cumplimiento. Se previene que la magistrado Alejandra Chacón fue del parecer de no ordenar la determinación de la huella genética de las condenadas ni su inclusión en el registro de condenados, por entender que dicho delito, no resulta comprendido dentro del catálogo de ilícitos taxativamente enumerados por el artículo 17 de la Ley 19.970, los que en su mayoría, tienen asignada penas de crímenes, cuestión que permite arribar con más fuerza a la conclusión de que, tratándose de simples delitos, la determinación de la huella genética requiere de una mención clara y explícita del texto legal. Si bien existe una referencia en su letra c), a la “elaboración o tráfico ilícitos de estupefacientes”, ella debe entenderse únicamente a los tipos penales de elaboración ilícita, por un lado, y de tráfico ilícito de drogas, por el otro, previstos y sancionados, respectivamente, en los artículos 1° y 3° de la Ley 20.000, teniendo presente la interpretación restrictiva que debe realizarse de las normas limitativas o restrictivas de derechos fundamentales del imputado. En este orden de ideas, resulta pertinente entender que el delito previsto en el artículo 4° de la Ley 20.000 constituye un tipo penal diverso y autónomo CDYXNQXVZY JUAN PATRICIO MADRID POZAS Juez Integrante Fecha: 16/12/2019 14:27:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FI

Texto Completo (Preview)

1 TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE SAN BERNARDO R. U. C. 1.800.747.881-6 R. I. T. 360-2019 ACUSADO SCARLETTE ALEJANDRA CALVIO NAVARRETE VANESSA ANDREA PERALTA MEDINA DELITO TRÁFICO DE DROGAS DE PEQUEÑAS CANTIDADES San Bernardo, catorce de diciembre del año dos mil diecinueve. VISTOS: Que, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrada por los Magistrados, Daniel Rica

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica