C/ CRISTIAN MARCELO BÓSQUEZ DÍAZ
Rol
O-167-2019
Fecha
13 de diciembre de 2019
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto constituida por los jueces, Gladys Camila Villablanca Morales quien presidió la audiencia, Felipe Eduardo Romero Zapata como tercer integrante y doña María José Araya Álvarez en calidad de redactora, se llevó a efecto el juicio oral correspondiente a la causa rol único Nº 1800853515-5, rol interno del tribunal N° 167-2019, seguido en contra de: Cristian Marcelo Bósquez Díaz, chileno, cédula de identidad N° 15.571.420-4 comerciante, soltero, nacido el 19 de septiembre de 1980, en Santiago, 38 años, domiciliado en calle Aguas Abajo N°3550, departamento N° 32, población Marta Brunet, comuna de Puente Alto. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal Rodrigo Peña Briceño, con domicilio y forma de notificación, registrados en el Tribunal. La Defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Público Jéssica Acevedo Reyes, con domicilio y forma de notificación, registrados en el Tribunal. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo acusación en contra del acusado, fundándola en los siguientes hechos: “El día 01 de septiembre de 2018, a las 19:00 horas, el acusado Cristian Marcelo Bósquez Díaz concurrió hasta el local comercial “Tío Lucho”, ubicado en calle Aguas Abajo N° 3590, Depto. 12, comuna de Puente Alto, el cual era atendido por la víctima de iniciales S.V.P.S. ingresando el acusado al mismo con un elemento contundente tipo palo, oportunidad en la cual intimidó al dependiente señalándole “entrégame toda la plata conchetumadre, o si no te voy a matar, te voy a quemar el negocio y la casa, y te voy a matar, a ti y a tus hijos”, intentando luego agredir el acusado a la víctima con el palo señalándole “me aburriste conchetumadre, te voy a matar”, exigiéndole nuevamente la entrega de especies, después de lo cual la víctima repelió el ataque haciendo uso de un arma de fuego debidamente inscrita, lesionando a la víctima en sus piernas. A juicio de la Fiscalía, los hechos
Fallo
fallo se encuentre ejecutoriado. Asimismo, toda vez que se aplicará pena aflictiva, se ordenará dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 18.556, Ley Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripción Electoral y Servicio Electoral, modificado por la Ley 20.568 de 31 de enero de 2012. Por estas consideraciones y, VISTOS, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 14 N° 1, 15 N° 1, 21, 24, 28, 50, 433, 436 inciso primero y 439 del Código Penal; 295, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 348 y 468 del Código Procesal Penal; y Ley 18.556 y 19970, SE DECLARA: I.- Se condena a Cristian Marcelo Bósquez Díaz, ya individualizado, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor en el delito tentado de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, en relación con los artículos 433 y 439 del mismo cuerpo legal, por los hechos acaecidos el día 1 de septiembre de 2018, en el territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- La pena deberá cumplirla en forma EFECTIVA, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, desde el 2 de septiembre de 2018, según da cuenta el apartado sexto del auto de apertura de jui
Texto Completo (Preview)
1 de 12 CRISTIAN MARCELO BÓSQUEZ DÍAZ ROBO CON INTIMIDACIÓN ROL UNICO: 1800853515-5 ROL INTERNO 167-2019 Puente Alto, trece de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto constituida por los jueces, Gladys Camila Villablanca Morales quien presidió la audiencia, Felipe Eduardo Romero Zapata como tercer integrante y doña María José Araya Álv
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