MP C/ BRAYAN ALBERTO VEGA OLIVARES
Rol
O-13209-2019
Fecha
11 de diciembre de 2019
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 456 bis a) y 495 N° 5 del Código Penal; artículos 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a CRISTIAN EDUARDO PAREDES ESCOBAR, ya individualizado, de ser autor de los hechos ocurridos con fecha 22 de octubre de 2019 en esta jurisdicción. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Se tiene a los intervinientes por notificados. Dictada por doña ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.//yelm VRTXNQQCHJ Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 13/12/2019 12:43:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-13T12:43:18-0300 Corte Suprema Eliana Isabel Uribe Molina Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a CRISTIAN EDUARDO PAREDES ESCOBAR, ya individualizado, de ser autor de los hechos ocurridos con fecha 22 de octubre de 2019 en esta jurisdicción. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Se tiene a los intervinientes por notificados. Dictada por doña ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.//yelm VRTXNQQCHJ Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 13/12/2019 12:43:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-13T12:43:18-0300 Corte Suprema Eliana Isabel Uribe Molina Verificación Legal
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Fecha Viña del Mar., once de diciembre de dos mil diecinueve Magistrado ELIANA ISABEL URIBE MOLINA RUC 1901143403-K RIT 13209 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CRISTIAN EDUARDO PAREDES ESCOBAR, presente 0018999674-8 Sector Forestal Puerto Aysén pasaje Chiloé Nº 15 Viña del Mar. SENTENCIA: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra r
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