3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ PATRICIO PEDRO NÚÑEZ SOZA

Rol

O-294-2019

Fecha

13 de diciembre de 2019

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos así descritos son constitutivos de un delito de robo por sorpresa, ilícito previsto y sancionado en los artículos 432 y 436 inciso 2°, todas disposiciones del Código Penal, en grado de ejecución consumado, en calidad de autor, de conformidad al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Al propio el Ministerio Público señaló que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, respecto del acusado. El Fiscal le atribuye, la calidad de autor ejecutor de conformidad a lo previsto y dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, debido a que estos han tenido una participación inmediata y directa en la ejecución del delito materia de la acusación. Finalmente el Ministerio Publico requiere se imponga al acusado, PATRICIO PEDRO NUÑEZ SOZA, como autor del delito consumado de robo por sorpresa, la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, junto a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de las costas de la causa. TERCERO: Que, la Defensa del acusado, Nuñez Soza, desde los inicios de sus alegatos de apertura, simplemente manifestó en todo momento que ella en caso alguno contradiría en el desarrollo de la Audiencia del Juicio los hechos y circunstancias que señala el Fiscal en el libelo respectivo así como lo que viene a ratificar además, como ya se dijo, en sus alegaciones de apertura del presente Juicio. Sólo atendería dijo desde sus inicios y en su Defensa lo que a partir de la atenuante de cooperación que hará su representado en la Audiencia, con una importante abreviación -desde luego- de la presente causa en su vista por el Tribunal. Cosa que reiteró, una vez más, sin alteración, en sus alegaciones de clausura ante los Jueces. Patricio Pedro Nuñez Soza, en efecto declaró abiertamente a los Jueces que el 22 de junio de 2019, cerca de las 19:40 horas, perpetró un robo con sorpresa de un celular que

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, con fecha trece de diciembre de 2019, ante la Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituida por el Juez Presidente de la misma Alejandro Aguilar Brevis y los jueces Isabel Mallada Costa y Cristián Alfaro Muirhead, se llevó a efecto la Audiencia del Juicio Oral referida a los autos rol interno 294/2019, seguidos en contra de Patricio Pedro Nuñez Soza, 40 años, nacido el 12 de febrero de 1979, chileno, natural de Santiago, soltero, carpintero, 8° Medio, domiciliado en Pasaje 14 Soldado Trejo N° 13685, de la Comuna de La Pintana, cédula de identidad N° 13.921.478-1. Fue parte acusadora la Fiscal del Ministerio Público, Augusto Sobarzo Legido, notificable por correo electrónico debidamente registrado en el Tribunal. En representación del acusado Nuñez Soza, intervino el Defensor Penal Público, Braulio Carrasco Hinojosa; notificable, también, de la misma manera que el anterior. SEGUNDO: Que, la Fiscalía formuló acusación en contra del imputado Nuñez Soza, por lo que estimó constitutivo del delito de robo por sorpresa del artículo 436 inciso segundo, en grado consumado, en calidad de autor del número 1° del artículo 15, todos del Código Penal, en razón que el día 22 Junio de 2019 siendo las 19:40 horas aproximadamente, el imputado PATRICIO PEDRO NUÑEZ SOZA se transportaba en uno de los vagones de la Línea 4 del metro en donde también se encontraba la víctima doña IRENE PATRICIA TIEMANN RIQUELME en calidad de pasajera. En momentos en que la víctima se encontraba manipulando su celular IPhone XS Max Gold de la empresa Wom, al llegar a la estación del metro Francisco Bilbao, ubicada en Avenida Tobalaba Nº 2100, Comuna de Providencia y abrirse las puertas, el imputado procedió en forma sorpresiva a arrebatar el celular a la víctima de CHRISTIAN PATRICIO ALFARO MUIRHEAD Juez Redactor Fecha: 13/12/2019 13:25:46 ALEJANDRO CLAUDIO AGUILAR BREVIS Juez Presidente Fecha: 13/12/2019 13:31:55 WHJBNQLSPK ISABEL FERNANDA MALLADA COSTA Juez Integrante Fecha: 13/12/2019 13:43:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 7 entre sus manos, para luego proceder a darse a la fuga del lugar, apropiándose así de este con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, siendo detenido por personal de seguridad del metro. Sostuvo el Ministerio Público que los hechos así descritos son constitutivos de un delito de robo por sorpresa, ilícito previsto y sancionado en los artículos 432 y 436 inciso 2°, todas disposiciones del Código Penal, en grado de ej

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo señalado en los artículos 1, 14, 17, 18, 24, 28, 52, 70 432 y 436, inciso 2°, del Código Penal; y, lo dispuesto en los artículos 1°, 4, 8, 37, 45, 47, 145, 152, 259, 277, 281, 282, 286, 289, 291, 295, 296, 297, 309, 325, 326, 327, 329, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 348 y 468 del Código Procesal Penal; 1° de la Ley N° 18.216; y, 600 del Código Orgánico de Tribunales, se resuelve: I.- Se Condena a Patricio Pedro Nuñez Soza, ya individualizado, a cumplir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas; como autor del delito de robo por sorpresa de especies de propiedad de Irene Tiemmann Riquelme, en la estación del Metro Francisco Bilbao, del artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en grado consumado, CHRISTIAN PATRICIO ALFARO MUIRHEAD Juez Redactor Fecha: 13/12/2019 13:25:46 ALEJANDRO CLAUDIO AGUILAR BREVIS Juez Presidente Fecha: 13/12/2019 13:31:55 WHJBNQLSPK ISABEL FERNANDA MALLADA COSTA Juez Integrante Fecha: 13/12/2019 13:43:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e I

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Página 1 de 7 C/ : Patricio Pedro Nuñez Soza. ROL UNICO : 19 00 66 85 57- 1 ROL INTERNO : 294/ 2019 __________________________________________________________/ Santiago, trece de diciembre de 2019. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, con fecha trece de diciembre de 2019, ante la Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituida por el Juez President

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