Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

MP C/ SANDRO ANDRÉS ÓRDENES SAMANIEGO

Rol

O-464-2019

Fecha

13 de diciembre de 2019

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la acusación impetrada por el Ministerio Público de Quintero, respecto del acusado SANDRO ANDRES ORDENES SAMANIEGO, cédula de identidad Nº18.290.323-K, apodado “rucio”, soltero, nacido en Quintero el 16 de agosto de 1992, 27 años de edad, ayudante de pescador, domiciliado en Pasaje Agustín Moreno 1246, Población ENAMI, Quintero, representado legalmente por la abogado de la Defensoría Penal Pública doña FRANSHESCA TOLEDO OJEDA. Como acusador, compareció el Ministerio Público, representado por el Fiscal don RODRIGO BERROETA ANDREOLI. Ambos con domicilio y forma de notificación registradas en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación deducida por el Ministerio Público, son del siguiente tenor: “El 20 de abril del 2019, a las 16:00 horas aproximadamente, los imputados SANDRO ANDRES ORDENES SAMANIEGO y JOAQUIN IGNACIO ZUÑIGA CASTRO, junto a un menor de 13 años de edad, concurren al domicilio de la víctima Jasna Céspedes Borner, ubicado en la parcela 82 B, sector de Mantagua, Quintero. Donde fuerzan una ventana del living comedor, por la cual acceden a su interior, de donde sustraen diversas especies de propiedad de la víctima, huyendo del lugar con las mismas, siendo detenidos por Carabineros en las inmediaciones del lugar”. En concepto del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº1 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de YJKPNQXSXX Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez Redactor Fecha: 13/12/2019 11:48:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día diez de diciembre de dos mil diecinueve, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por los jueces, don ALEJANDRO PALMA CID, quien presidió, don CLAUDIO CORREA ZACARÍAS y doña ANGÉLICA JIMÉNEZ LAGOS, se celebró la audiencia de juicio oral en causa RUC : N° 1910018616-3 y RIT : N° 464 – 2019, que tenía por objeto conocer y juzgar los hechos contenidos en la acusación impetrada por el Ministerio Público de Quintero, respecto del acusado SANDRO ANDRES ORDENES SAMANIEGO, cédula de identidad Nº18.290.323-K, apodado “rucio”, soltero, nacido en Quintero el 16 de agosto de 1992, 27 años de edad, ayudante de pescador, domiciliado en Pasaje Agustín Moreno 1246, Población ENAMI, Quintero, representado legalmente por la abogado de la Defensoría Penal Pública doña FRANSHESCA TOLEDO OJEDA. Como acusador, compareció el Ministerio Público, representado por el Fiscal don RODRIGO BERROETA ANDREOLI. Ambos con domicilio y forma de notificación registradas en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación deducida por el Ministerio Público, son del siguiente tenor: “El 20 de abril del 2019, a las 16:00 horas aproximadamente, los imputados SANDRO ANDRES ORDENES SAMANIEGO y JOAQUIN IGNACIO ZUÑIGA CASTRO, junto a un menor de 13 años de edad, concurren al domicilio de la víctima Jasna Céspedes Borner, ubicado en la parcela 82 B, sector de Mantagua, Quintero. Donde fuerzan una ventana del living comedor, por la cual acceden a su interior, de donde sustraen diversas especies de propiedad de la víctima, huyendo del lugar con las mismas, siendo detenidos por Carabineros en las inmediaciones del lugar”. En concepto del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº1 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de YJKPNQXSXX Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez Redactor Fecha: 13/12/2019 11:48:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 consumado, en el que cabría participación al acusado en calidad de coautor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. Estima el Ministerio Público que en la especie respecto del acusado SANDRO ANDRES ORDENES SAMANIEGO, concurre la agravante de responsabilidad penal contenida en el artículo 12 Nº16 del Código Penal, esto es la reincidencia especifica. En consideración a lo anterior, el ente pe

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 4, 36, 295, 296, 297, 340, 341 y 347 del Código Procesal Penal; y Acuerdo de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE al acusado SANDRO ANDRES ORDENES SAMANIEGO, cédula de identidad Nº 18.290.323-K, ya individualizado, de la acusación que lo sindicaba como autor del delito de Robo en lugar destinado a la habitación, descrito y sancionado en el YJKPNQXSXX Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez Redactor Fecha: 13/12/2019 11:48:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 artículo 440 Nº 1 del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, que se señaló se había cometido el 20 de abril de 2019, en la comuna de Quintero. II.- Que conforme al artículo 347 del Código Procesal Penal, se dispone el inmediato alzamiento de toda medida cautelar personal que afectare al encausado con ocasión de esta causa,

Texto Completo (Preview)

1 DELITO : ROBO EN LUGAR DESTINADO A LA HABITACIÓN RUC : N° 1910018616-3 RIT : N° 464 - 2019 ACUSADO : SANDRO ANDRÉS ÓRDENES SAMANIEGO FISCAL : RODRIGO BERROETA ANDREOLI DEFENSORA : FRANSHESCA TOLEDO OJEDA Viña del Mar, viernes trece de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día diez de diciembre de dos mil diecinueve, ante la Sala

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