C/ GABRIEL ESTEBAN ROSALES SOTO
Rol
O-157-2019
Fecha
12 de diciembre de 2019
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos fundantes de la imputación fiscal fueron del siguiente tenor: “El día 04 de mayo de 2018 en horas de la madrugada, en la intersección de las calles El Hidalgo con El Pescador en la comuna de Puente Alto, funcionarios policiales sorprendieron al imputado Rosales Soto manteniendo en su poder una bolsa de nylon contenedora de noventa y un papelillos contenedores de una sustancia blanca que al ser sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva a la presencia de pasta base de cocaína con un peso bruto de 20 gramos, sin contar con la autorización legal competente”. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos de un delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de drogas, previsto en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, atribuyéndole al acusado una participación en calidad de autor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. No fueron invocadas, en la acusación, circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal. En cuanto a su pretensión punitiva, solicitó la imposición de una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, accesoria legal general correspondiente, comiso de las especies incautadas, costas de la causa, y la inclusión de la huella genética del encartado en el registro nacional de condenados. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura del Ministerio Público y debate sobre recalificación de los hechos. Que en su discurso de inicio, el representante del QZVTNPXFXT CRISTIAN ANDRES FUENTEALBA ZAMORA Juez oral en lo penal Fecha: 12/12/2019 12:47:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal con asiento en esta comuna, cuya Sala estuvo integrada por los jueces titulares Juan Pablo Villavicencio Theoduloz, quien la presidió, María Carolina Hernández Muñoz, como tercera integrante, y por Cristian Fuentealba Zamora, como redactor, el día nueve de diciembre pasado se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RUC N° 1800433029-K, RIT N° 157-2019, seguida respecto de GABRIEL ESTEBAN ROSALES SOTO, cédula de identidad N° 17.612.010-k, chileno, nacido el día 31 de diciembre de 1990, soltero, labores de construcción, domiciliado en pasaje El Pescador N° 0603, Villa Santa Gabriela, comuna de Puente Alto. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto Javier Carreño Lavín; por su parte, la representación del encartado estuvo a cargo del defensor penal público José Tomás Lara Oteíza. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos fundantes de la imputación fiscal fueron del siguiente tenor: “El día 04 de mayo de 2018 en horas de la madrugada, en la intersección de las calles El Hidalgo con El Pescador en la comuna de Puente Alto, funcionarios policiales sorprendieron al imputado Rosales Soto manteniendo en su poder una bolsa de nylon contenedora de noventa y un papelillos contenedores de una sustancia blanca que al ser sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva a la presencia de pasta base de cocaína con un peso bruto de 20 gramos, sin contar con la autorización legal competente”. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos de un delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de drogas, previsto en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, atribuyéndole al acusado una participación en calidad de autor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. No fueron invocadas, en la acusación, circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal. En cuanto a su pretensión punitiva, solicitó la imposición de una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, accesoria legal general correspondiente, comiso de las especies incautadas, costas de la causa, y la inclusión de la huella genética del encartado en el registro nacional de condenados. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura del Ministerio Público y debate sobre recalificación de los hechos. Que en su discurso de inicio, el representante del QZVTNPXFXT CRISTIAN ANDRES FUENTEALBA ZAMORA Juez oral en lo penal Fecha: 12/12/2019 12:47:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez res
Fallo
se acuerda de la fecha de los hechos, sí se acuerda que ese día vio las luces de Carabineros, por lo que fue a la esquina y vio cuando a Gabriel lo tenían -Carabineros- en el suelo, recibiendo el comentario de que éstos se encontraban sacando una droga desde arriba del techo. Agregó, que el dueño de esa droga era otra persona, quien se arrancó y dejó la bicicleta botada; esto lo dice porque lo conoce -al acusado-, ya que está en situación de calle, éste no vende droga, “eso fue lo que le pidieron que viniera a decir acá”. Puntualizó, que lo conoce –al imputado- desde que su mamá estaba embarazada, él está en situación de calle; sus papás –los del encausado- son irresponsables, tanto es así que fue criado por su abuelita. Añadió, que todos los días se le veía -al encartado- consumir pasta base, parado en una esquina. Precisó, que cuando vio a Gabriel en el suelo le dijo a Carabineros que no le pegaran, ya que era un enfermo, un drogadicto, luego éstos subieron al techo de una vecina y sacaron una bolsa con droga, QZVTNPXFXT CRISTIAN ANDRES FUENTEALBA ZAMORA Juez oral en lo penal Fecha: 12/12/2019 12:47:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental
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1 de 20 Puente Alto, doce de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal con asiento en esta comuna, cuya Sala estuvo integrada por los jueces titulares Juan Pablo Villavicencio Theoduloz, quien la presidió, María Carolina Hernández Muñoz, como tercera integrante, y por Cristian Fuentealba Zamor
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