VIGO SEGURIDAD INDUSTRIAL II SPA/INSPECCIÓN DEL TRABAJO COYHAIQUE
Rol
I-4-2020
Fecha
26 de junio de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y las alegaciones efectuadas por la reclamante se encuentra registradas íntegramente en audio. TERCERO: Que, la parte reclamada contestando la reclamación solicita su rechazo, con costas, fundado en los antecedentes que señaló en la audiencia. CUARTO: Que en la audiencia el Tribunal llamó a las partes a conciliación, proponiéndoles personalmente las bases para alcanzar un acuerdo, el cual no prosperó. QUINTO: Que en esta misma audiencia, se estableció como hecho pacífico, el siguiente: - Que lo reclamado es la resolución N° 027, de 14 de abril de 2020, que se pronunció sobre la resolución N° 7714/19/53, de 30 de diciembre de 2019. SEXTO: Que, asimismo, en esta audiencia se fijaron los siguientes puntos de prueba: - Las circunstancias de haber acreditado la reclamante fehacientemente, al solicitar la reconsideración de multa administrativa, el error de hecho o haber dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales cuya infracción motivó la sanción. SÉPTIMO: Que la parte reclamante en apoyo a sus pretensiones rindió la siguiente prueba: DOCUMENTAL: 1. Resolución N°2000/2019/20559, de fecha 4 de enero de 2019. 2. Liquidaciones de remuneraciones de don Sebastián Eduardo Castro Venteo, de los meses de marzo a diciembre de 2019. 3. Comprobante de carta de aviso para terminación de contrato de trabajo, de fecha 11 de noviembre de 2019. 4. Recurso de reclamación o reconsideración, de fecha 21 de febrero de 2020. 5. Resolución de solicitud de reconsideración de multa administrativa N° 027, de fecha 14 de abril de 2020. 6. Carpeta judicial causa monitoria RIT M-14-2020 y acta de conciliación, del Juzgado de Letras de Trabajo de Coyhaique. 7. Acta de comparendo de conciliación, anexo de reclamo N° 1101/2019/852, de fecha 23 de diciembre de 2019. 8. Formulario de revisión de expediente de conciliación N° 1101/2019 y sus respectivos anexos de ingresos y egresos de reclamos. 9. Certificado de pago de cotizaciones previsionales a través de Previred de don
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que son partes en este juicio, causa RIT I-4-2020, en calidad de reclamante doña CARMEN GLORIA MARTINEZ CÁRDENAS, abogado, en representación de la empresa VIGO SEGURIDAD INDUSTRIAL II S.P.A, RUT 76.263.228-4, con domicilio en calle Dussen 141 de Coyhaique, representada en esta audiencia por el abogado JAVIER IGNACIO RUIZ SOTO, y como reclamada la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COYHAIQUE, representada por don ÁNGEL FERNANDO ITE GUERRERO, Inspector Provincial del Trabajo de Coyhaique, con domicilio en calle Balmaceda N° 41 de Coyhaique, asistida por la abogado CRISTINA VIDAL ARAYA. SEGUNDO: Que la síntesis de los hechos y las alegaciones efectuadas por la reclamante se encuentra registradas íntegramente en audio. TERCERO: Que, la parte reclamada contestando la reclamación solicita su rechazo, con costas, fundado en los antecedentes que señaló en la audiencia. CUARTO: Que en la audiencia el Tribunal llamó a las partes a conciliación, proponiéndoles personalmente las bases para alcanzar un acuerdo, el cual no prosperó. QUINTO: Que en esta misma audiencia, se estableció como hecho pacífico, el siguiente: - Que lo reclamado es la resolución N° 027, de 14 de abril de 2020, que se pronunció sobre la resolución N° 7714/19/53, de 30 de diciembre de 2019. SEXTO: Que, asimismo, en esta audiencia se fijaron los siguientes puntos de prueba: - Las circunstancias de haber acreditado la reclamante fehacientemente, al solicitar la reconsideración de multa administrativa, el error de hecho o haber dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales cuya infracción motivó la sanción. SÉPTIMO: Que la parte reclamante en apoyo a sus pretensiones rindió la siguiente prueba: DOCUMENTAL: 1. Resolución N°2000/2019/20559, de fecha 4 de enero de 2019. 2. Liquidaciones de remuneraciones de don Sebastián Eduardo Castro Venteo, de los meses de marzo a diciembre de 2019. 3. Comprobante de carta de aviso para terminación de contrato de trabajo, de fecha 11 de noviembre de 2019. 4. Recurso de reclamación o reconsideración, de fecha 21 de febrero de 2020. 5. Resolución de solicitud de reconsideración de multa administrativa N° 027, de fecha 14 de abril de 2020. 6. Carpeta judicial causa monitoria RIT M-14-2020 y acta de conciliación, del Juzgado de Letras de Trabajo de Coyhaique. 7. Acta de comparendo de conciliación, anexo de reclamo N° 1101/2019/852, de fecha 23 de diciembre de 2019. 8. Formulario de revisión de expediente de conciliación N° 1101/2019 y sus respectivos anexos de ingresos y egresos de reclamos. 9. Certificado de pago de cotizaciones previsionales a través de Previred de don Sebastián Eduardo Castro Venteo, de fecha 21 de enero de 2020. 10. Registro de horario de jornada laboral de don Sebastián Eduardo Castro Venteo, de los meses de abril a diciembre del año 2019. Además, solicitó oficiar a la Inspección Provincial del Trabajo de Coyhaique, a fin de que acompañe carpeta administrativa, en relación a la multa administ
Fallo
por tanto averiguar respecto de la procedencia de las sanciones originalmente impuestas a la empresa demandante. Además, conforme reconoce la jurisprudencia, al reclamar en esta causa de la resolución que rechazó una reconsideración administrativa, sólo cabe pronunciarse si la misma debía ser acogida, sin que se pueda extender la decisión a aspectos distintos de aquellos que fueron objeto de la citada reconsideración. DÉCIMO SEGUNDO: Que según se advierte de la demanda y su parte petitoria, la reclamante pretende que el Tribunal revoque en todas sus partes las multas impuestas a través de la Resolución N° 7714/ 19/53-1,2, de fecha 30 de diciembre de 2019, por cuanto al resolverse la solicitud de reconsideración fue negado el error de hecho y de derecho alegado, en subsidio, solicita la rebaja en el máximo que la ley permita. Estas multas son: Nº 1: “No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: comprobantes de remuneraciones desde marzo 2019 a noviembre 2019; contrato de trabajo; planillas cotizaciones previsionales en AFP PROVIDA, CCAF, FONASA Y MUTUAL DE SEGURIDAD CCHC periodo marzo 2019 a noviembre 2019; registro de asistencia de marzo 2019 a diciembre 2019, respecto del trabajador Sebastián Eduardo Castro Venteo. Lo anterior constatado en medio de audiencia de conciliación por Reclamo Administrativo Nº 1101.2019.852 de fecha 23.12.2019, interpuesto por
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Coyhaique, veintiséis de junio de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que son partes en este juicio, causa RIT I-4-2020, en calidad de reclamante doña CARMEN GLORIA MARTINEZ CÁRDENAS, abogado, en representación de la empresa VIGO SEGURIDAD INDUSTRIAL II S.P.A, RUT 76.263.228-4, con domicilio en calle Dussen 141 de Coyhaique, representada en esta audiencia por el abogado JAVIER
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