MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ JUAN JAVIER HERMOSILLA AGUILAR
Rol
O-296-2019
Fecha
11 de diciembre de 2019
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “En cumplimiento de una orden de investigar, la brigada antinarcóticos y contra el crimen organizado de la PDI JKHZNQZMZL Juan Luis Salgado Vasquez Juez Integrante Fecha: 13/12/2019 15:27:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 Antofagasta, a través de escuchas telefónicas judicialmente autorizadas y otras diligencias de búsqueda de información, pudo establecer la existencia de un grupo de personas chilenos y colombianos que se estarían dedicando al tráfico de drogas desde Iquique y con destino final Antofagasta y Santiago. Se identificó a los financistas y a Juan Hermosilla como encargado del transporte, ayudado por Pablo Quiroz Zariego, quien le debía proporcionar los vehículos para el transporte de la droga y hacerse cargo de una parte del transporte; estableciendo que prontamente se realizaría un transporte de droga a las ciudades señaladas. Por lo anterior, a fines de Agosto del 2018, funcionarios de la brianco de la PDI de Antofagasta se dirigen hasta la ciudad de Iquique a fin de determinar cuáles iban a ser los vehículos que se utilizarían para el transporte de droga, el lugar de acopio, tipo de droga, otros partícipes y rutas que se usarían. En dicha ciudad ubicaron a Juan Hermosilla, a quien siguieron por diferentes sectores de la ciudad, estableciendo un domicilio al que se dirigió y que se reunió con Pablo Quiroz. El día domingo 02 de Septiembre del 2018, en horas de la tarde, se captaron conversaciones entre Juan Hermosilla y Pablo Quiroz, en que éste último le decía al primero que tenían que po
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días cuatro, cinco y seis de diciembre del presente año, ante la Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por los jueces doña Claudia Lewin Arroyo, quien la presidió, doña Marcela Nilo Leyton y don Juan Luis Salgado Vásquez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT 296-2019, RUC 1800616057-K, seguida por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3º en relación con el artículo 1º de la Ley 20.000, en grado de consumado, de acuerdo a la acusación sustentada por la Fiscal doña Paola Acevedo Vera, domiciliada en Condell 2235, Antofagasta, en contra de los acusados JUAN JAVIER HERMOSILLA AGUILAR, C.I. N° 12.610.712-9, chileno, divorciado, conductor, 45 años, nacido el 28.10.1974 en Arica, domiciliado en calle 12 Febrero N° 54, Iquique; PABLO ANTONIO QUIROZ ZARIEGO, C.I. N° 19.155.422-1, chileno, nacido el 27.11.1989 en La Serena, 30 años, casado, mecánico, domiciliado en Los Corchos N° 2702, Quilpué, ambos representados por el abogado don Joel Rojas Araya, C.I. N° 11.815.097-K, domiciliado en calle Washington N° 2562, oficina 312, Antofagasta, mismo domicilio de sus representados para los efectos del juicio; ÁNGEL GABRIEL SALAZAR GARCÍA, C.I. N° 15.812.937-K, chileno, casado, nacido el 10.02.1984 en Antofagasta, 35 años, conductor profesional, domiciliado en calle Dos N° 3225, Alto Hospicio, representado por la Defensora Penal Pública Licitada (Defenat) doña Andrea Morata Gallardo, con JKHZNQZMZL Juan Luis Salgado Vasquez Juez Integrante Fecha: 13/12/2019 15:27:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 domicilio en Prat 214 oficina 404, Antofagasta, el que también fijó su patrocinado para efectos del juicio; MAURICIO SEGUNDO GÁLVEZ MILLA, C.I. N° 12.223.852-0, chileno, divorciado, mecánico automotriz, 47 años, nacido el 15.05.1972 en Viña del mar, domiciliado en Reñaca Alto, Paradero 16, calle Cuarta, Lote 197 de Viña del Mar; PATRYCK-GREGORYCK DE LA CRUZ GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, C.I. N° 17.187.239-1, chileno, divorciado, pintor automotriz, 30 años, nacido el 19.10.1989 en Talca, domiciliado en Pje. 16 casa 885, Loteo El Galpón, Talca, ambos representados por el Defensor Penal Público don Roberto Vega Taucare, domiciliado en Avda. Balmaceda N° 2536, piso 3, Antofagasta, donde también fijaron domicilio sus representados para efectos del juicio; y HUGO ALEJANDRO ZEPEDA ZARIEGO, C.I. N° 15.762.606-K, chileno, casado, tornero mecánico, 35 años, nacido el 17.04.1984 en Quilpué, domi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 28, 29, 49, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 47, 295, 296, JKHZNQZMZL Juan Luis Salgado Vasquez Juez Integrante Fecha: 13/12/2019 15:27:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 111 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 22 de la Ley 20.000, 2, 9 y 17 B de la Ley 17.798, SE DECLARA: I.- Que se condena al acusado JUAN JAVIER HERMOSILLA AGUILAR ya individualizado, a la pena de cuatro (4) años de presidio menor en su grado máximo y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, cometido el día 3 de septiembre de 2018 en la ciudad de Iquique. Asimismo se le condena al pago de una multa ascendente a treinta (30) Unidades Tributarias Mensuales, la que podrá pagarse
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1 Antofagasta, once de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días cuatro, cinco y seis de diciembre del presente año, ante la Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por los jueces doña Claudia Lewin Arroyo, quien la presidió, doña Marcela Nilo Leyton y don Juan Luis Salgado Vásquez, se llevó a efecto la audiencia de ju
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