Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ ALEXIS EDUARDO OJEDA ASENCIO

Rol

O-4693-2017

Fecha

11 de diciembre de 2019

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 436 inciso 2° del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a ALEXIS EDUARDO OJEDA ASENCIO, RUN N° 16.506.498-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo por sorpresa en la persona de Miguel Ángel Maricahuin Hernández y en perjuicio de la empresa BAT Chile S.A., cometido en Puerto Montt el día 08 de junio de 2017 a la PENA de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, SE CONDENA a ROLANDO ANTONIO ARRENDONDO MALDONADO, RUN N° 0019234912-5, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo por sorpresa en la persona de Miguel Ángel Maricahuin Hernández y en perjuicio de la empresa BAT Chile S.A., cometido en Puerto Montt el día 08 de junio de 2017 a la PENA de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que, respecto de ambos imputados las penas privativas de libertad impuestas se tienen POR CUMPLIDAS con el mayor tiempo que permanecieron privados de libertad, detenidos, en prisión preventiva y con su libertad restringida. IV.- Que, no se les condena en costas por haber aceptado someterse a las normas del procedimi

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, once de diciembre de dos mil diecinueve. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 436 inciso 2° del Código Penal; artículos

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