Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS ESTEBAN MORI SANTIBÁÑEZ

Rol

O-2549-2019

Fecha

10 de diciembre de 2019

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don LUIS ESTEBAN MORI SANTIBÁÑEZ, cédula de identidad N° 11.755.593-3, domiciliado en Calle La Luna, casa Nº 37, Achupallas, Paradero 8, Viña del Mar. La audiencia se desarrolló con la presencia de la fiscal adjunto, doña DANIELA QUEVEDO HENRIQUEZ y de la querellante doña DANIELA ALDAY TAPIA, con domicilios y formas de notificación ya registradas en el Tribunal, del mencionado imputado y de su abogado defensor, don JAIME ALBERTO VERA AYALA, con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de AUTOR, en un ilícito de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en grado CONSUMADO. Que, con fecha 23 de julio de 2019, aproximadamente a las 14:45 horas, el requerido LUIS ESTEBAN MORI SANTIBÁÑEZ, ingresó hasta el supermercado Santa Isabel, ubicado en calle Claudio Vicuña N° 696, Quilpué, y una vez que se encontraba en su interior, inicia una discusión con un tercero procediendo el imputado a patear las mamparas de vidrio de ingreso del local, trizando una de ellas, efectuando daños avaluados en la suma de $100.000.- SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. TERCERO: Que el Ministerio Público en sus argumentaciones preliminares y alegato de clausura indicó que no presentaría medios de VCXHNPQEJX Milenko Igor Grbic Miranda Juez de garantía Fecha: 11/12/2019 13:38:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septie

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a don LUIS ESTEBAN MORI SANTIBÁÑEZ, cédula de identidad N° 11.755.593-3, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en grado CONSUMADO, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 23 de julio de 2019, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. VCXHNPQEJX Milenko Igor Grbic Miranda Juez de garantía Fecha: 11/12/2019 13:38:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-11T13:38:17-0300 Corte Suprema Milenko Igor Grbic Miranda Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 1900787243-K RIT N° : 2549 - 2019 DELITO : DAÑOS SIMPLES SENTENCIADO : LUIS ESTEBAN MORI SANTIBÁÑEZ Quilpué, diez de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don LUIS ESTEBAN MORI SANTIBÁÑEZ, cédula de identidad N° 11.7

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