MP C/ JUAN AARON MIRA INOSTROZA
Rol
O-4147-2018
Fecha
6 de diciembre de 2019
Materia
OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931, OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20 diciembre del 2018 a eso de las 12:00 aproximadamente, don Juan Aaron Mira Inostroza fue sorprendido por la víctima de inicialesA.E.I.L al interior de la empresa BDC ubicada en la ruta 5 Sur al kilómetro 96.600 de la comuna de Requínoa,saltando un muro perimetral desde el interior de dicha dependencia hacia el exterior, motivo por el cual la víctima antes individualizada salió hacia el exterior y le preguntó a Juan Mira quéera lo que estaba haciendo en el lugar, ante esta pregunta Juan, quién portaba un cuchillo en su mano izquierda, mostrándoselo a la víctima, con actitud amenazante y señalándole“que te metí vo sapo culiao si no ando na robando”, ante esta situación la víctima dio aviso inmediato a Carabineros señalando las características de don Juan Aaron quién ya se habría ido de ese lugar, con esos antecedentes, posteriormente, Carabineros al menos pasados 5 minutos, encuentra en las inmediaciones a don JuanMira Inostroza, por lo que se le solicita su cédula de identidad para realizar un control de identidad envirtud de que mantenía las mismas características que la víctima había señalado con anterioridad, frente a este controlJuanse niega, ocultando su identidad, tanto su nombre como su cedula de identidad, procediéndose a su detención por el delito de ocultación de identidad. Yaal interior de las dependencias de Carabineros, se le solicita a don Juan que se saque sus cordones y su cinturón para poder ingresarlo al calabozo, éste se ofuscó, comenzó a empujar y a golpear con golpes de puño en el pecho y brazo izquierdo al personal policial a cargo del procedimiento, precisamente a don Samuel Bravo Solar. Posteriormente al ingresarlo al calabozo comenzó también el imputado a causar daños en las estructuras del lugar. Según dato de atención de urgencia don Samuel Bravo resultó con lesiones de mediana gravedad. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinent
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JUAN AARON MIRA INOSTROZA, Chileno, nacido el 14 de febrero de 2000, cédula de identidad N° 20.370436-4, domiciliado en AVENIDA POBLACIÓN SANTA ELENA, LOS AROMOS Nº 10, SAN FERNANDO, por los hechos del 20 de diciembre de 2018, como autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 496 N° 5 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, a sufrir una pena de multa de 1/3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, la cual se sustituye por privación de libertad y se da por cumplida por el tiempo que estuvo privado de libertad en esta causa. II.- Que no se condena en costas al imputado por las razones ya señaladas. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese este hecho por la Jefe de unidad y causas. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que las partes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la presente sentencia para todos los efectos firme o EJECUTORIADA.- Téngase a las partes por notificadas en forma personal de la sentencia, sin perjuicio de dejar constancia en el estado diario. Remítase copia simple del acta por correo electrónico al fiscal y defensor. RUC N°: 1801262467-7.- RIT N°: 4147 - 2018.- KQXHNPGGGG Claudia Vanessa Letelier Morales Juez de garantía Fecha: 11/12/2019 12:01:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMIT
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Procedimiento abreviado. Rengo, seis de diciembre de dos mil diecinueve. Hechos: El día 20 diciembre del 2018 a eso de las 12:00 aproximadamente, don Juan Aaron Mira Inostroza fue sorprendido por la víctima de inicialesA.E.I.L al interior de la empresa BDC ubicada en la ruta 5 Sur al kilómetro 96.600 de la comuna de Requínoa,saltando un muro perimetral desde el interior de dicha dependencia haci
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