MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ RAFAEL ORLANDO DUQUE MEDINA
Rol
O-357-2019
Fecha
10 de diciembre de 2019
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Con fecha de 12 de junio del 2018, alrededor de las 18:40 horas, en calle Condell frente al Nº 2355 de esta ciudad, personal de Carabineros observó al imputado, posteriormente identificado como Rafael Orlando Duque Medina, el cual portaba en sus manos cajas de fármacos, los cuales ofrecía a los transeúntes que pasaban por el lugar a viva voz, siendo controlado, encontrando en XWGCNPJWMJ Juan Luis Salgado Vasquez Juez Redactor Fecha: 11/12/2019 15:02:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 su poder un total de 13 cajas de diversos fármacos y una tira con 10 comprimidos de Diazepam, sin contar con la debida autorización.” Se indicó que los hechos descritos constituirían el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, en pequeñas cantidades en grado de consumado, previsto y sancionado por los artículos 4 y 1 de la ley 20.000, en el cual le cabría participación al acusado en calidad de autor, de acuerdo a lo que previene el artículo 15 N° 1 del Código Penal. El acusador solicitó que se impusiera la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio, multa de 20 UTM, penas accesorias del artículo 30 del Código Penal, comiso de las especies incautadas y pago de las costas de la causa, no concurriendo circunstancias modificatorias de responsabilidad. TERCERO: Que en su alegato de apertura, la Fiscal indicó que con la prueba de cargo lograría acreditar los hechos materia de la acusación, a través de la declaración de los funcionarios policiales que participaron en la detención del ac
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cinco de diciembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la juez Presidente de la sala, Claudia Lewin Arroyo e integrada por los jueces Marcela Nilo Leyton y Juan Luis Salgado Vásquez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT 357-2019 RUC 1800573027-5, seguida por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, en contra de RAFAEL ORLANDO DUQUE MEDINA, cédula de identidad Nº 11.296.992-6, chileno, nacido el seis de mayo de 1968 en Santiago, 51 años, soltero, técnico telefónico, domiciliado en Río Cachapoal N° 1016, Sector Norte de Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto Paola Acevedo Vera, mientras que la defensa del encausado estuvo a cargo del Defensor Penal Público licitado Christian Plaza Matamoros, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que la acusación deducida se funda en los siguientes hechos: “Con fecha de 12 de junio del 2018, alrededor de las 18:40 horas, en calle Condell frente al Nº 2355 de esta ciudad, personal de Carabineros observó al imputado, posteriormente identificado como Rafael Orlando Duque Medina, el cual portaba en sus manos cajas de fármacos, los cuales ofrecía a los transeúntes que pasaban por el lugar a viva voz, siendo controlado, encontrando en XWGCNPJWMJ Juan Luis Salgado Vasquez Juez Redactor Fecha: 11/12/2019 15:02:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 su poder un total de 13 cajas de diversos fármacos y una tira con 10 comprimidos de Diazepam, sin contar con la debida autorización.” Se indicó que los hechos descritos constituirían el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, en pequeñas cantidades en grado de consumado, previsto y sancionado por los artículos 4 y 1 de la ley 20.000, en el cual le cabría participación al acusado en calidad de autor, de acuerdo a lo que previene el artículo 15 N° 1 del Código Penal. El acusador solicitó que se impusiera la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio, multa de 20 UTM, penas accesorias del artículo 30 del Código Penal, comiso de las especies incautadas y pago de las costas de la causa, no concurriendo circunstancias modificatorias de responsabilidad. TERCERO: Que en su alegato de apertura, la Fiscal indicó que con la prueba de cargo lograría acreditar los hechos materia de la acusación, a través de la declaración
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 29, 31, 47, 49, 50, 68 y 69 del Código Penal; artículos 47, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4, 45 y 46 de la Ley 20.000; Ley 19.970 y Ley 18.566 modificada por la Ley 20.568; y Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a RAFAEL ORLANDO DUQUE MEDINA, ya individualizado, a la pena de sesenta y un (61) días de presidio XWGCNPJWMJ Juan Luis Salgado Vasquez Juez Redactor Fecha: 11/12/2019 15:02:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 21 menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, cometido el día 12 de junio de 2018 en esta ciudad. II.- Que se le condena, además, al pago de una multa ascendente a cinco (5) unidades tributarias mensuales, pagaderas en cinco cuotas iguales, mensuales y sucesivas de una (1) unidad tributaria
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1 Antofagasta, diez de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cinco de diciembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la juez Presidente de la sala, Claudia Lewin Arroyo e integrada por los jueces Marcela Nilo Leyton y Juan Luis Salgado Vásquez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral d
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