Juzgado de Letras y Garantía de Andacollo.

BARBARA ROCIO ALIAGA PIZARRO C/ DIEGO ENRIQUE CASTRO GALLEGUILLOS

Rol

O-207-2019

Fecha

10 de diciembre de 2019

Materia

LESIONES LEVES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos descritos son constitutivos del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, del artículo 399, 494 número 5 del Código Penal, en relación al artículo 5 de la ley 20.066, grado de consumado, en los que al imputado le ha cabido participación en calidad de autor” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Andacollo, a diez de diciembre de dos mil diecinueve. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 144, 399, 494 N° 5 del Código Penal en relación al artículo 5° de la Ley 20.066, artículos 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se absuelve a don DIEGO ENRIQUE CASTRO GALLEGUILLOS, cédula nacional de identidad número 16.463.628-3, ya individualizado de la imputación dirigida en su contra, a través del Ministerio Público en la cual se le atribuía la calidad de autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar en perjuicio de doña Barbara Rocío Aliaga Pizarro, por los hechos acaecidos el día 31 de agosto del año 2019. GDQDNPNMDX Alejandra Carina Vera Barahona Juez de garantía Fecha: 11/12/2019 13:27:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.-Que no se condena en costas al Ministerio Público. III.-Atendido lo resuelto precedentemente se dejan sin efecto las medidas cautelares decretadas en esta causa. Una vez ejecutoriado el fallo cúmplase con lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal. Regístrese, y archívese en su oportunidad. RIT 207-2019. RUC 1900945471-6. Dictada por doña ALEJANDRA VERA BARAHONA, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Andacollo. GDQDNPNMDX Alejandra Carina Ve

Texto Completo (Preview)

Hecho determinado: “El día 31 de agosto de 2.019 a las 22:50 horas aproximadamente en el exterior del domicilio ubicado en Diego de Almagro número 24, sector Casuto, Andacollo, el imputado DIEGO ENRIQUE CASTRO GALLEGUILLOS, agredió tomando fuertemente de sus ropas, para luego lanzar en contra de una reja del cierre perimetral de dicho inmueble a la víctima, su ex conviviente madre de hija en común

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