Juzgado de Garantía de Graneros.

MP C/ LUIS EDUARDO BARAHONA URRA

Rol

O-1152-2019

Fecha

10 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24-08-2018 alrededor de las 23:45 horas aproximadamente en circunstancias que el imputado Luis Eduardo Barahona Urra se encontraba en calle Patricio Gallegos a la altura del barrio cívico de la comuna de Codegua portando un hacha de aproximadamente de 40 centímetros abordo a la víctima de iniciales S.A.R.I., diciéndole que le entregara todas las cosas que portaba o que lo contrario le pegaría con el hacha, ante lo cual la víctima se negó e intento huir siendo en ese momento que el imputado lo golpea a la altura del estómago con un golpe de puño aprovechando el golpe que le dio a la víctima para poder registrar así sus vestimentas, sustrayendo desde el bolsillo de su parka la suma aproximada de $16.000 dándose a la fuga el imputado en dirección a Población Orlando Letelier, de lo anterior la víctima resulto con una contusión de carácter leve en el abdomen según consta en la orden de atención de urgencia del Cesfam de Codegua emitido con fecha 24 de agosto del 2018. Procedimiento Abreviado: Graneros, diez de diciembre de dos mil diecinueve. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a LUIS EDUARDO BARAHONA URRA, cédula de identidad N° 16252248-5, ya individualizado, a sufrir la pena de CINCO (5) años Y UN (1) día de presidio mayor en su grado mínimo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo con violencia, perpetrado el día 24 de agosto de 2018, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos contenidos en los artículos de la Ley N° 18.216, este deberá cumplir de manera ef

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a LUIS EDUARDO BARAHONA URRA, cédula de identidad N° 16252248-5, ya individualizado, a sufrir la pena de CINCO (5) años Y UN (1) día de presidio mayor en su grado mínimo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo con violencia, perpetrado el día 24 de agosto de 2018, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos contenidos en los artículos de la Ley N° 18.216, este deberá cumplir de manera efectiva la condena, no existiendo abonos que considerar. IV.- Habiendo renunciado el sentenciado a su derecho a juicio oral y visto lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal, se le exime del pago de las costas de la causa. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Agravantes: ARTÍCULO 12 N°16 Atenuantes: ARTÍCULO 11 N°9 Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Remítase copia simple del acta

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Juzgado de Garantía de Graneros ACTA DE AUDIENCIA Diez De Diciembre De Dos Mil Diecinueve Ruc: 1800859607-3 Rit: 1152 - 2019 Hora Inicio: 10:45 Hora Término: 10:52 Juez: Rubén Hernán Donoso Paredes Tipo De Audiencia: Abreviado Delito: Robo Con Violencia. Imputado: Luis Eduardo Barahona Urra C.I. 16.252.248-5 Comparece: Si, Preso Domicilio: Pasaje Santa Rosa N°1009, Villa Padre Hurtado, Codegua.

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