TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL COLINA

M.P. C/ CRISTIAN ENRIQUE ARAVENA LAGOS

Rol

O-129-2019

Fecha

10 de diciembre de 2019

Materia

INCENDIO SOLO C/DAÑOS O SIN PELIGRO PROPAGACION.ART.477,478.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 28 de noviembre de 2017, a las 11:45 horas aproximadamente, en la Ruta G-16, camino Chicauma, sitio 1-B, comuna de Til Til , el acusado, Cristian Enrique Aravena Lagos, mientras se encontraba trabajando en un galpón y utilizando para ello una galletera esmeril portátil angular, realizando labores sobre fierros, sin tomar los debidos resguardos para evitar una posible combustión, operó dicha herramienta de la cual producto del roce con el metal salieron expulsados chispas y elementos de fuego que cayeron hacia los pastizales y vegetación que se encontraban alrededor, producto de lo cual se inició un fuego que se extendió en un radio 1 hectárea aproximadamente, resultando dañados pastizales y vegetación del lugar”. INGRID DEL PILAR DROGUETT TORRES Juez Redactor Fecha: 10/12/2019 13:25:47 IRMA ANDREA TAPIA VALDES Juez Integrante Fecha: 10/12/2019 13:28:59 FXDENXLSTX CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Juez Presidente Fecha: 10/12/2019 14:45:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Que a juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de Incendio, previsto y sancionado en el artículo 22 Ter de la ley 20.653 (Ley de Bosques), cabiéndole al acusado participación en calidad de autor y encontrándose en grado de desarrollo consumado. En el mismo sentido, el ente persecutor, refirió que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Previas citas de normas legales, solicitó que se impusiera al acusado una pena de 541 días de presidio menor en su grado me

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que con fecha cinco del presente mes y año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, constituido por las magistradas Cheryl Fernández Albornoz, quien presidió la audiencia, Irma Tapia Valdés e Ingrid Droguett Torres, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT N° 129-2019, seguida en contra de CRISTIAN ENRIQUE ARAVENA LAGOS, C.I. N°12.191.643-6, nacido en Nueva Imperial el 28 de septiembre de 1971, 49 años, casado, trabajador en estructuras metálicas, apodado “Cazely”, domiciliado en Santa Blanca sitio n°27, Curacaví, quien está sujeto a la medida cautelar de firma mensual. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal Javier Arbildua Thumala. La Defensa estuvo a cargo de la defensora penal pública, Claudia Martínez Valle. SEGUNDO: Acusación: Que la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos: “El día 28 de noviembre de 2017, a las 11:45 horas aproximadamente, en la Ruta G-16, camino Chicauma, sitio 1-B, comuna de Til Til , el acusado, Cristian Enrique Aravena Lagos, mientras se encontraba trabajando en un galpón y utilizando para ello una galletera esmeril portátil angular, realizando labores sobre fierros, sin tomar los debidos resguardos para evitar una posible combustión, operó dicha herramienta de la cual producto del roce con el metal salieron expulsados chispas y elementos de fuego que cayeron hacia los pastizales y vegetación que se encontraban alrededor, producto de lo cual se inició un fuego que se extendió en un radio 1 hectárea aproximadamente, resultando dañados pastizales y vegetación del lugar”. INGRID DEL PILAR DROGUETT TORRES Juez Redactor Fecha: 10/12/2019 13:25:47 IRMA ANDREA TAPIA VALDES Juez Integrante Fecha: 10/12/2019 13:28:59 FXDENXLSTX CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Juez Presidente Fecha: 10/12/2019 14:45:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Que a juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de Incendio, previsto y sancionado en el artículo 22 Ter de la ley 20.653 (Ley de Bosques), cabiéndole al acusado participación en calidad de autor y encontrándose en grado de desarrollo consumado. En el mismo sentido, el ente persecutor, refirió que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Previas citas de normas legales, solicitó que se impusiera al acusado una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más accesorias legales y las costas que sean de s

Fallo

se acuerda de su aspecto. INGRID DEL PILAR DROGUETT TORRES Juez Redactor Fecha: 10/12/2019 13:25:47 IRMA ANDREA TAPIA VALDES Juez Integrante Fecha: 10/12/2019 13:28:59 FXDENXLSTX CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Juez Presidente Fecha: 10/12/2019 14:45:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 8 A la defensa, precisó que la muralla de las fotografías, divide ambos sitios y que el galpón está en el sitio del lado, el fuego empezó en el sitio de la víctima a la altura de la muralla, no en el galpón. El tribunal no pidió aclaraciones. 2. MARIO JOSÉ CONTRERAS MADRID, cédula de identidad N°18.379.096-k, nacido el 11 de enero de 1994 en Rancagua, 25 años, soltero, Carabinero, domiciliado en Caupolicán N° 9, Requinoa, Sexta Región, quien al fiscal señaló que el 28 de noviembre, estando de servicio de primer patrullaje, acompañando al Cabo 1° Franco González en Z 6061, por la ruta G 16, camino a Lampa, año 2017, divisando a 100 metros una nube de humo, al llegar al lugar verificaron quema de pastizales al interior de domicilio, el q

Texto Completo (Preview)

1 DELITO: INCENDIO DECRETO SUPREMO N° 4.363, MODIFICADO POR LEY 20.283 (LEY DE BOSQUES) ACUSADO: CRISTIAN ENRIQUE ARAVENA LAGOS RIT 129-2019 RUC 1701134957-9 Colina, diez de diciembre dos mil diecinueve. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes: Que con fecha cinco del presente mes y año, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, constituido por las magistradas C

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