CONSTRUCTORA POCURO SPA CON BARROS
Rol
O-8514-2019
Fecha
25 de junio de 2020
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. LLAMADO A CONCILIACION No es posible realizar el llamado, en atención a la rebeldía de la demandada, en ese sentido el tribunal procede a dictar sentencia. SENTENCIA Santiago, a veinticinco de junio de dos mil veinte. PRIMERO: La parte demandante es Constructora Pocuro SPA., con domicilio en Avda. Apoquindo 3500, piso 16, la demandada Camila Betzabe Barros Soto, Rut N° 18.846.618-4, con domicilio en Avda. El Olimpo 2539, comuna de Maipú, entonces con lo que dispone el N°1 del artículo 453 en su inciso séptimo, en orden de cuando el demandado no contestare la demanda o no negare en ella algunos de los hechos contenidos en la demanda, el Juez en sentencia definitiva podrá estimarlos como tácitamente admitidos y asimismo, de conformidad con lo que señala el N° del 3 de ese mismo artículo, en cuanto si no hay hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos el tribunal dará por concluida la audiencia y procederá a dictar la sentencia, es que se tienen por efectivos los hechos que se han señalado en la demanda, de esta forma, resulta efectivo que la demandada se ha ausentado de su trabajo por un tiempo muy extendido con lo cual hay razonables bases para estimar que ha incurrido en la causal prevista en el N°3 del artículo 160 del Código del Trabajo y eso mismo da pie para permitir que la parte demandante proceda para despedirla por esa causal conforme a lo que autoriza el artículo 174 del Código del Trabajo, por consiguiente y de acuerdo con los
Fundamentos
fundamentos señalados,
Fallo
se declara que se acoge la demanda interpuesta y se autoriza a la demandante para despedir a la demandada por la causal prevista en el N°3 del artículo 160 del Código del Trabajo. Demanda que queda acogida sin costas. Siendo las 09:10 horas, se pone término a la audiencia. Dirigió la audiencia don DANIEL JURICIC CERDA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veinticinco de junio de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25/06/2020, Santiago RUC 19- 4-0236771-K RIT O-8514-2019 CARATULADO CONSTRUCTORA POCURO SPA CON BARROS MAGISTRADO DANIEL JURICIC CERDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ariel Jorquera Torres HORA DE INICIO 09:00 Horas HORA DE TERMINO 09:10 Horas SALA Sala Virtual 3 (2.3) Nº REGISTRO D
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