Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ MIREYA DALILA MANQUE TAPIA

Rol

O-8097-2019

Fecha

9 de diciembre de 2019

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 08 de diciembre de 2019, aproximadamente a las 19:20 horas, en Avenida los Loros N° 1524, sector del supermercado Bodega Acuenta, comuna de Copiapó, doña MIREYA DALILA MANQUE TAPIA, procedió a sustraer diferentes especies, las que ocultó al interior de un coche de bebé, especies avaluadas en la suma de $67.432.-pesos, especies con las cuales traspasó posteriormente el lineal de cajas sin pagar las mismas, dirigiéndose hasta la salida del establecimiento, siendo detenida por guardias de seguridad. SE DECLARA: I. Que se condena a MIREYA DALILA MANQUE TAPIA, ya individualizada, en calidad de AUTORA, del delito de HURTO SIMPLE, grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de UN (01) DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO y MULTA DE UN TERCIO DE UTM. II. Que la pena corporal impuesta, se tiene por cumplida, en razón del tiempo que permaneció privada de libertad con motivo de esta causa. III. Que para el pago de la multa impuesta se le otorga un plazo a la sentenciada del 08 de enero de 2020. Si la sentenciada carece de bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución o apremio la pena de reclusión, esto es, un día por cada tercio de UTM. IV. Se EXIME a la sentenciada del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, Archívese.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. VXGNXSZXW Álvaro Marcel Fernández Morales Juez de garantía Fecha: 10/12/2019 13:36:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S a

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MIREYA DALILA MANQUE TAPIA, ya individualizada, en calidad de AUTORA, del delito de HURTO SIMPLE, grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de UN (01) DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO y MULTA DE UN TERCIO DE UTM. II. Que la pena corporal impuesta, se tiene por cumplida, en razón del tiempo que permaneció privada de libertad con motivo de esta causa. III. Que para el pago de la multa impuesta se le otorga un plazo a la sentenciada del 08 de enero de 2020. Si la sentenciada carece de bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución o apremio la pena de reclusión, esto es, un día por cada tercio de UTM. IV. Se EXIME a la sentenciada del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, Archívese.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. VXGNXSZXW Álvaro Marcel Fernández Morales Juez de garantía Fecha: 10/12/2019 13:36:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez resta

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó, nueve de diciembre de dos mil diecinueve TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: ÁLVARO MARCEL FERNÁNDEZ MORALES RUC: 1901323676-6 RIT: 8097-2019 IMPUTADA: MIREYA DALILA MANQUE TAPIA C.I. 15.054.351-7 FECHA DE NAC. 25 de marzo de 1982 DIRECCION Calle LANALHUE N° 1119, VILLA ARAUCO COMUN A: COPIAPÓ DELITO HUR

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