MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO SAMUEL CORREA CUEVAS
Rol
O-1459-2019
Fecha
3 de diciembre de 2019
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS Que con fecha 02 de mayo del año 2019, aproximadamente a las 12:12 horas, el imputado fue sorprendido sustrayendo especies desde la Tienda Home Center Sodimac, ubicada en Avenida Ramón Freire N° 1351, Belloto, Quilpué, las cuales no canceló al traspasar las cajas registradoras, siendo retenido por guardias y entregado a Carabineros. Las especies que ocultó en una mochila que portaba, consistentes en 38 manillas marca “Sidney” Niquel Cepillado, 03 manillas marca “Stoc” con Niquel Cepillado y 02 perillas marca “Anakena” negro mate, fueron avaluadas en la suma total de $135.270. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO: Quilpué, tres de diciembre de dos mil diecinueve. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70, 446 N° 3 del Código Penal, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4, 5 y 38 de la Ley N° 18.216, se resuelve: SE DECLARA: 1.- Que se condena a PABLO SAMUEL CORREA CUEVAS, cédula de identidad N° 13.430.541-K, ya individualizado, a la pena de VEINTIÚN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del ilícito FRUSTRADO de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, por los hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 02 de mayo del año 2019. 2.- Que para efectos del cumplimiento de la pena corporal impuesta, cumpliéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se concede al sentenciado la REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control y asistencia al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio por el plazo de UN AÑO. Para estos efectos, el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Valparaíso el día 14 de diciembre del año 2019, a fin de comenzar con la observación correspondiente, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contr
Fallo
se resuelve: SE DECLARA: 1.- Que se condena a PABLO SAMUEL CORREA CUEVAS, cédula de identidad N° 13.430.541-K, ya individualizado, a la pena de VEINTIÚN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del ilícito FRUSTRADO de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, por los hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 02 de mayo del año 2019. 2.- Que para efectos del cumplimiento de la pena corporal impuesta, cumpliéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se concede al sentenciado la REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control y asistencia al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio por el plazo de UN AÑO. Para estos efectos, el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Valparaíso el día 14 de diciembre del año 2019, a fin de comenzar con la observación correspondiente, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. De no presentarse en esa fecha se despachará orden de detención y no cumplir con la observación correspondiente deberá esta ser sustituida por una pena más intensa, deberá cumplir la pena efectivamente impuesta y sin registrar días de abonos para estos efectos, por cuanto se utilizarán para el pago de la multa. 3.- Que en relación al pago de la multa, estimándolo más favorabl
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HECHOS Que con fecha 02 de mayo del año 2019, aproximadamente a las 12:12 horas, el imputado fue sorprendido sustrayendo especies desde la Tienda Home Center Sodimac, ubicada en Avenida Ramón Freire N° 1351, Belloto, Quilpué, las cuales no canceló al traspasar las cajas registradoras, siendo retenido por guardias y entregado a Carabineros. Las especies que ocultó en una mochila que portaba, consis
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